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Economía

Salió el decreto

Ya es oficial el bono para jubilados, ¿quiénes cobran $55 mil en enero?

Ya es oficial el bono para jubilados, ¿quiénes cobran $55 mil en enero?

Por Redacción

Tal cual se hizo en diciembre del año pasado, con la anterior gestión, y que se abonará también el próximo mes.

El Gobierno oficializó el pago del bono de 55 mil pesos destinado a jubilados y pensionados, tal cual se hizo en diciembre del año pasado, con la anterior gestión, y que según adelantaron desde el Poder Ejecutivo se abonará también el próximo mes.

La medida fue confirmada a través del Decreto 116/2023 que tiene fecha del pasado viernes pero que fue publicado este martes en el primer Boletín Oficial de 2024. El presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, firmaron la iniciativa que tiene como fin que todos los beneficiarios cobren un monto por encima de los $160.000.

El comunicado detalla que la medida fue tomada debido a “la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país que ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento”.

En este contexto se hizo un refuerzo para aquellos titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo del Anses, las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago también se encuentre bajo la órbita de aquel organismo previsional.

Se detalló sobre los montos en cuestión: “Resulta menester otorgar una ayuda económica previsional por un monto máximo de $55.000 para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $105.712,61. La ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $160.712,61″.

Es importante destacar que el decreto hace hincapié en que “para percibir la presente ayuda económica previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación”, que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la ayuda económica previsional que se otorga por el presente decreto”.

Fue el 29 de diciembre que el vocero presidencial, Manuel Adorni comentó públicamente dicha medida. “Finalmente se ha confirmado el bono a los jubilados en línea con lo que les vengo contando desde hace algunos días de lo obsoleto de la vieja fórmula de movilidad jubilatoria y entendiendo que esta fórmula iba a ser sumamente perjudicial para los jubilados, que ya lo venía siendo, y que no funcionaba como tal. Como fórmula de movilidad jubilatoria sin que el jubilado pierda frente a los avatares de la situación económica argentina”, dijo en conferencia de prensa.

“Hasta tanto y en cuanto no exista una fórmula de movilidad jubilatoria, los jubilados serán compensados de manera mensual para que dejen de perder contra la inflación”, concluyó Adorni.

En el equipo económico actual consideran que la fórmula que rige pierde de manera sistemática contra la inflación y es por eso que buscarán cambiarla. El primer paso será a través de la derogación de la norma actual en el mega proyecto de ley presentado el miércoles 27 en el parlamento. Si eso prosperara, hasta que se elabore una nueva fórmula automática (que también requerirá aval del Congreso), el Poder Ejecutivo establecerá, como puente, un esquema de aumentos mensuales discrecionales con criterio de la inflación del mes anterior al pago de los haberes.

Hasta ahora, los ajustes se dan en un porcentaje de incremento trimestral, determinado por la variación de un índice que surge de sumar 50% del aumento trimestral de la recaudación de la Administración Nacional de la Seguridad Social por beneficiario y 50% de la variación de los salarios. Para este último ítem, se toma el mayor valor entre el Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable) y el índice general de salarios del Indec.

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