Por Redacción
El empresario, de 69 años, cumple arresto domiciliario en El Calafate por lavado de dinero.
El juez Néstor Costabel, presidente del Tribunal Oral Federal 4, ordenó la inmediata detención de Lázaro Báez en la Ruta del Dinero K para cumplir la pena de diez años de prisión en una cárcel común.
El cómputo oficial determina que le quedan más de seis años para responder a la acusación por lavado de dinero que quedó firme hace dos semanas por parte de la Corte Suprema.
Dejará el arresto domiciliario en una casa de El Calafate para ir a un penal. Según confirmaron fuentes judiciales a Clarín, Gendarmería Nacional lo buscará en la propiedad ubicada sobre la Avenida Presidente Néstor Kirchner, para alojarlo en la Unidad 15 de Rio Gallegos que dependen del Servicio Penitenciario Federal.
En la causa central por lavado que fue confirmada por la Corte Suprema hace dos semanas, Báez quedó detenido el 6 de abril de 2016, y abandonó la cárcel de Ezeiza en diciembre de 2019. En aquel entonces, cesó su prisión preventiva en este expediente principal.
Al respecto, la Secretaría de Cómputos calculó que estuvo en prisión en la Ruta del Dinero K: 3 años, 8 meses y 8 días. De allí que se determinó que le restan cumplir en prisión más de seis años.
Por este motivo se requirió su regreso a una de las cárceles que depende del Servicio Penitenciario Federal. El juez Costabel, responsable de la ejecución de la pena, resolvió que debe volver a una cárcel federal para hacer frente a la condena de diez años de prisión por el delito de lavado de dinero agravado.
En la resolución a la que accedió Clarín, el juez Néstor Costabel presidente del Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4) que realizó el juicio de la Ruta del Dinero K, sostuvo: “En consecuencia, a efectos del efectivo cumplimiento de la pena cuya ejecución se encuentra habilitada, corresponde disponer la inmediata detención y/o captura de Lázaro Antonio Báez a efectos de ser alojado en la unidad penitenciaria federal”.
Se explicó que en función de la orden dictada por el juez de ejecución de la pena, “se practicará por secretaría el cómputo de la pena fijándose la fecha de vencimiento de la pena mencionada y el cual será notificado a las partes a los fines establecidos por el art. 493, primer párrafo, del Código de forma”.
Después respondió al pedido de la defensa de Lázaro Báez que, como contó Clarín, había requerido que la pena de la Ruta del Dinero K se cumpla en el domicilio de Él Calafate donde se encuentra desde 2022, con tobillera electrónica.
“Las interpretaciones y cuestionamientos efectuados por la defensa con relación a lo actuado por la acusación pública y al trámite de esta incidencia constituyen una visión sesgada que desatiente la cuestión central, cual es que la sentencia condenatoria ha pasado en autoridad de cosa juzgada y -consecuentemente- se ha tornado operativo su cumplimiento, de modo que corresponde continuar con el trámite de ejecución conforme lo precisado”, dijo el magistrado.
También consideró que “resulta prematuro cualquier planteo referente a la modalidad y ejecución de la pena privativa de la libertad, más allá de las implicancias que la detención produce al condenado y su entorno familiar, por lo que se deberán adoptar las medidas necesarias para disponer su alojamiento en la unidad penitenciaria más adecuada a sus condiciones personales y cercana a su lugar de pertenencia, sin que se encuentre demostrada una situación excepcional que amerite contemplar el caso desde otra perspectiva”.
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