El gobierno provincial empieza a cargar con Ingresos Brutos a las plataformas del exterior. Al mismo tiempo, habilitan una ventanilla para tramitar crédito fiscal.
Desde el próximo 1° de julio, comenzará a regir en Santa Fe un nuevo esquema de percepción del impuesto sobre los Ingresos Brutos que alcanza a las aplicaciones digitales de entretenimiento, movilidad, delivery, transporte y otras plataformas que operan desde el extranjero y brindan servicios a usuarios domiciliados en la provincia. La medida fue dispuesta por el Ministerio de Economía que conduce Pablo Olivares y su implementación ya fue formalizada por la Administración Provincial de Impuestos (API). El mecanismo fue aprobado por la Legislatura en el marco de la Ley Tributaria 2025.
El nuevo esquema fija una alícuota del 3% para servicios digitales de entretenimiento —como plataformas de streaming o videojuegos del estilo Netflix— y del 4,5% para el resto de las aplicaciones extranjeras, incluyendo aquellas de transporte, envíos o intermediación. La percepción se efectuará principalmente a través de las tarjetas de crédito o medios de pago que los usuarios empleen para contratar estos servicios.
Ahora bien, desde Santa Fe insisten que el mecanismo no tiene fines recaudatorio ya que buscan promover que el nuevo gravamen estará acompañado de una ventanilla que para que los usuarios de las apps puedas tramitar la devolución de lo que paguen por Ingresos Brutos. “Se trata de una decisión que apunta a generar condiciones más equitativas para los proveedores locales de servicios digitales, quienes tributan en la provincia mientras compiten con plataformas extranjeras que hasta ahora no pagaban el tributo. En el plano administrativo, el régimen se suma al que ya aplica la Nación mediante el cobro de IVA a través de tarjetas de crédito o billeteras digitales”, insisten desde la Casa Gris.
Según explicaron desde el Ministerio de Economía, la intención es “corregir la competencia desleal que se genera cuando el servicio es prestado desde el extranjero, porque ese servicio no paga IVA ni Ingresos Brutos, lo cual encarece en términos relativos al oferente local”.
Además, aclararon que “el objetivo no es que el usuario soporte económicamente este nuevo cargo, sino que se habilitarán mecanismos para que lo que se pague pueda ser compensado o reintegrado con otros tributos provinciales”.
El esquema de reintegro
En línea con ese planteo, la resolución emitida por la API establece mecanismos para mitigar el impacto sobre los consumidores finales. El artículo 6 del marco normativo detalla que “los sujetos prestatarios de los servicios digitales podrán aplicar el monto abonado para pagar Impuesto Inmobiliario y/o Patente Única sobre Vehículos”. Asimismo, se habilita la posibilidad de pedir un reintegro a través del Sistema de Gestión de Devoluciones, una plataforma habilitada por la Resolución General N° 19/2025. Habrá una pestaña en la web de la API a partir del 1° de julio para tramitar los reintegros y habrá que valerse de un CBU y el CUIL del contribuyente.
De este modo, los usuarios que paguen el nuevo cargo vinculado a Ingresos Brutos en sus consumos digitales podrán acceder a una devolución de lo abonado, ya sea mediante compensación con impuestos provinciales (Inmobiliario o Patente) o solicitando la devolución directa.
Pedido a Nación por el IVA
La movida de Santa Fe no solo apunta al plano tributario local. Según adelantaron fuentes oficiales, la provincia buscará ahora que el gobierno nacional abra una vía similar de compensación o reintegro para el IVA que se cobra sobre estas plataformas extranjeras.
“Vamos a salir a plantear que pedimos que la Nación haga lo mismo con el IVA, que le abra a los usuarios una ventana para reintegrar lo que ya pagan”, señalaron desde el Ministerio de Economía provincial.
La medida forma parte de un paquete más amplio con el que Santa Fe viene ajustando su esquema impositivo para adaptarlo a las nuevas modalidades de consumo digital, sin perder de vista la necesidad de evitar distorsiones que perjudiquen a empresas locales y consumidores.
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