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Negocios

Dictamen en Rosario

Prepaga le cubrirá el 100% de la asistencia en domicilio a afiliado con discapacidad

Prepaga le cubrirá el 100% de la asistencia en domicilio a afiliado con discapacidad.

Por Redacción

El beneficiario tiene 86 años y logró que la Justicia Federal hiciera lugar a una demanda que presentó contra la prestadora de salud.

Un fallo del juez federal Carlos Vera Barros insta a la empresa de medicina prepaga Osde a cubrir en un 100% los gastos que insume la asistencia médica domiciliaria para un hombre de 86 años que registra una discapacidad y que hace 30 años es usuario de la compañía de salud.

De acuerdo a lo que publicó el portal Versión Rosario, el afiliado presentó la acción de amparo con el patrocinio del abogado Roque Perrone. Se trata de una persona con discapacidad, con diagnóstico de incontinencia urinaria, hipoacusia neurosensorial bilateral, anormalidades de la marcha y de la movilidad y enfermedad de Parkinson.

La defensa acusó que el afiliado tiene un grado de dependencia absoluto para las actividades diarias, y al tratarse de una enfermedad degenerativa, su dependencia será cada vez mayor. Convive con su mujer que es paciente oncológica y su único hijo lo ayuda mucho, pero debe realizar una atención para la que no está capacitado.

En su momento, el hombre contrató a una empresa, pero tuvo que hacerlo por menos horas que las indicada por el médico, ya que no pueden abonar la totalidad de la prestación, que fue presupuestada en más de $200.000. Entre los 2 cobran $230.000 y además deben pagar $45.000 de la cuota de la prepaga.

Al contestar la demanda Osde sostuvo que “la ley no contempla la cobertura de todos los requerimientos de las personas con discapacidad en la modalidad que éstas o sus representantes pretendan, sino que establece cuáles son las prestaciones que las obras sociales deberán garantizar a sus beneficiarios y bajo qué circunstancias deberán hacerlo”.

El juez federal Carlos Vera Barros destacó que “la Ley 24.901 que estableció un Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad, contempla acciones tanto de prevención, como de asistencia, promoción y protección, con la finalidad de otorgarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos”.

Por último, agregó que las obras sociales “tendrán a su cargo, con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas que necesiten los afiliados con discapacidad”.

La sentencia dispone que el servicio deberá ser cubierto con prestadores propios de la prepaga conforme módulos fijados para cuidadores no terapéuticos (personal con retiro) del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, por el término de tres meses.
 

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