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Negocios

Fallo sin antecedentes

La Justicia norteamericana le ordenó a Argentina que entregue el 51% de YPF

Por Redacción

La jueza Loretta Preska le dio la razón a los fondos demandantes en el juicio por la apropiación y Argentina tendría 14 días para cumplir la orden.

La Justicia de los Estados Unidos ordenó este lunes a la Argentina que entregue en 14 días el 51% de las acciones de YPF a los fondos demandantes del juicio por la expropiación de la petrolera. El pedido sería como forma de pago por la sentencia en contra en primera instancia de US$16.100 millones más intereses que se determinó en 2023.

Además, en otro fallo, la justicia estadounidense también solicitó que el Estado entregue parte de las las acciones de YPF al fondo Bainbridge como pago de la sentencia relacionada con la deuda en default de 2001, de alrededor de US$100 millones.

El presidente Javier Milei confirmó que apelará esta decisión.

La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, publicó hoy dos fallos de alto impacto político. En primer lugar, accedió a la moción de los demandantes —los fondos Burford y Eton Capital— de embargar las acciones de YPF, hasta por lo menos que se resuelva la apelación del fallo de primera instancia, que se lleva adelante de manera paralela.

“La República deberá transferir sus acciones Clase D de YPF a una cuenta de custodia global en BNYM [Bank of New York Mellon] dentro de los 14 días siguientes a la fecha de esta orden; e instruir a BNYM para que inicie la transferencia de la participación accionaria de la República en sus acciones Clase D de YPF a los Demandantes o sus designados dentro de un día hábil a partir de la fecha de depósito de las acciones en la cuenta”, dice el fallo de la magistrada.

El pedido de la jueza sorprendió al Estado argentino, dado que incluso el Departamento de Justicia de los Estados Unidos había presentado un escrito para pedir que se rechace esa solicitud de los demandantes, en noviembre pasado.

El año pasado, la Procuración del Tesoro había contactado al entonces gobierno de Joe Biden para ponerlo al tanto del juicio y para explicarle las posibles implicancias de que un juez federal de Estados Unidos solicite el embargo de activos que están en otra jurisdicción. Las acciones que tiene la Argentina de YPF están registradas en la Caja de Valores de Buenos Aires; no tiene tenencia de activos que cotizan en Nueva York.

En este tiempo, sin embargo, la jueza Preska le había solicitado al Estado argentino que deposite una garantía de pago. Como opciones, había pedido que se deposite un tercio de las acciones de YPF y un supuesto crédito a favor con Paraguay por la construcción de la represa de Yacyretá.

Ninguna de las opciones era viable para el Estado y nunca se cumplió con el pedido de Preska. Sucede que para entregar o vender acciones de YPF es necesario tener la aprobación del Congreso. En relación con la supuesta deuda que Paraguay tiene con la Argentina, nunca se formalizó, más allá de algunas declaraciones políticas del gobierno anterior que decía que el país financió la mayor parte de la construcción de la central hidroeléctrica, 30 años atrás, y que el Estado paraguayo le debía parte del costo de la obra.

“Cuando asumió Javier Milei, la Argentina debería haber depositado una garantía para evitar que comiencen los embargos durante la apelación que inició en octubre de 2023. La garantía debería haberla depositado en enero de 2024, pero, como no lo hizo, la ley americana le daba el derecho a los demandantes de embargar activos de la Argentina. Uno de los activos que los beneficiarios del fallo buscaron embargar eran las acciones de YPF″, dijo Sebastián Maril, consultor de Latam Advisors y especialista en los juicios que la Argentina enfrenta en el exterior.

“Un año y medio más tarde, después de varias presentaciones y, en contra de la recomendación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, Preska accedió al pedido de los beneficiarios y obliga a la Argentina a entregar las acciones que tiene en YPF como parte de pago. La Argentina no lo va a hacer; obviamente va a apelar, motivo por el cual esto continúa en la Corte de Apelación”, agregó.

La jueza Preska determinó en primera instancia que el país violó el estatuto de la petrolera cuando se realizó la estatización, y perjudicó a los accionistas minoritarios, entre ellos, a las empresas Petersen Energía y Petersen Inversora. Por lo tanto, sentenció que el país pagara una indemnización de US$16.100 millones, pero eximió de responsabilidades a YPF.

Actualmente, el proceso se desarrolla por dos vías distintas. Por un lado, en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, tanto la Argentina como los fondos Burford y Eton Capital, quienes compraron el derecho a litigar contra el país, están buscando la revisión del fallo de primera instancia. Los demandantes piden que se incluya a YPF como culpable de la estatización, mientras que el Estado argentino quiere que se revea la sentencia.

Las tres partes (la Argentina, YPF y los fondos) ya presentaron todos los escritos solicitados y ahora se está a la espera de que la cámara de Apelaciones designe un panel de tres miembros y resuelva la fecha de una audiencia en la cual se tratará el caso, que podría ser en los próximos meses.

Fallo de Loretta Preska

“La Argentina puede apelar esta decisión sin antecedentes de la jueza Preska, al punto tal que hasta el Departamento de Justicia de Estados Unidos había apoyado con un escrito amicus la postura de la defensa argentina. La propia jueza, o en su caso la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, deberían suspender los efectos de la orden de Preska hasta que se resuelva la apelación”, dijo Sebastián Soler, exviceprocurador del Tesoro durante el gobierno de Alberto Fernández.

Soler también recordó que “el artículo 10 de la ley 26.741, que habilitó la expropiación de YPF, prohíbe al Gobierno transferir las acciones expropiadas sin la previa aprobación del Congreso”.

En el fallo, la jueza Preska defendió que no hay “ninguna limitación territorial expresa que prohíba la entrada en vigor de una orden de entrega que requiera [la transferencia de] dinero o propiedad a Nueva York desde otro estado o país”.

De hecho, la magistrada también señaló que el Tribunal, previamente, había determinado en el juicio por bonos argentinos que entraron en default en 2001 (Bainbridge vs. República Argentina) que tiene la facultad de ordenar a un país soberano que traiga activos depositados en el Banco Central y los entregue a Nueva York.

En otra parte del escrito, la jueza le contesta al Estado cuando dice que no puede ceder acciones del YPF sin la aprobación de dos tercios del Congreso. “La República tiene varias opciones que puede perseguir legalmente: (1) recibir el permiso del Congreso Nacional por dos tercios de los votos, (2) tomar medidas para cambiar la ley, o (3) cumplir con la sentencia a través de un acuerdo separado con los demandantes”, señala el fallo.

Y agrega: “Los gobiernos extranjeros no pueden simplemente invalidar las excepciones a la ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA, por sus siglas en inglés), al invocar su propia ley para proteger sus activos de la ejecución en Estados Unidos. Si la cortesía pudiera prevalecer sobre la FSIA y permitir que el derecho extranjero controle qué activos soberanos están sujetos a ejecución, todo estado extranjero podría declararse invulnerable a las sentencias judiciales en los tribunales estadounidenses con solo aprobar una ley que exigiera su propia aprobación para cualquier transferencia de su propiedad”.

En un dura conclusión, Preska dice que “si bien la República exige que este Tribunal extienda la cortesía, al mismo tiempo se niega a hacer cualquier esfuerzo para cumplir la sentencia no suspendida del Tribunal”.

Luego de conocerse la noticia, la cotización de las acciones de YPF cayó más de 5,5% en la Bolsa de Nueva York, a US$31,45. La valuación total de la empresa actualmente es de US$12.360 millones.

La historia del fallo

Al momento de la estatización, Eton Park era accionista de YPF. La petrolera cotiza en la bolsa de Nueva York desde 1993. Burford Capital, en cambio, compró el derecho a litigar en la Justicia española, cuando las empresas Petersen –que habían fundado la familia Eskenazi en ese país y que eran accionistas de YPF– entraron en quiebra.

Los fondos sostuvieron que el gobierno de Cristina Kirchner no lanzó una oferta pública de adquisición (OPA) sobre el total de las acciones, como dice el estatuto de YPF presentado en Estados Unidos cuando salió a cotizar en Bolsa. Según el artículo 7º del estatuto, cuando un inversor compra más del 15% de las acciones, debe hacer una oferta de adquisición al resto de los accionistas.

En su momento, la Argentina no hizo la OPA y el entonces viceministro de Economía, Axel Kicillof, que era interventor en YPF, dijo en el Congreso, antes de votarse la ley de expropiación: “Créanme que si uno quería comprar acciones para entrar a la compañía y pasaba el 15%, pisaba la trampa del oso y tenía que comprar el ciento por ciento a un valor equivalente a US$19.000 millones. ¡Porque los tarados son los que piensan que el Estado tiene que ser estúpido y comprar todo según la ley de la propia YPF, respetando su estatuto! ¿Si no dónde está la seguridad jurídica? Señores, fue una empresa, se reunieron y dijeron: ‘¿Cómo podemos hacer para que nadie nunca intervenga en el control de la compañía?’”.

Tanto los demandantes como la jueza Preska citaron esa frase para justificar los alegatos y el fallo. “La República obligó a los demandantes a otorgarle un préstamo masivo después de expulsar por la fuerza a los miembros del directorio de YPF, el 16 de abril de 2012, lo que provocó que los representantes de Repsol en YPF huyeran del país. El Sr. Kicillof declaró descaradamente que sería ‘estúpido’ cumplir ‘la ley de la propia YPF’ o ‘respetar sus estatutos’”, dijo la magistrada.

La defensa argentina planteó en todo momento que la Constitución está por encima del estatuto de una empresa y que se rigieron por la ley de Expropiación. Durante el juicio, el Estado también detalló que Burford pagó 15,1 millones de euros al fisco de España y un 30% de la indemnización que resulte de la sentencia por el derecho a demandar, luego de que las empresas Petersen Energía y Petersen Inversora quebraran en ese país, donde fueron constituidas.

Las compañías Petersen eran propiedad de la familia Eskenazi, dueña también del Banco de Santa Cruz, donde trabajó durante los cuatro años del gobierno de Mauricio Macri el exprocurador del Tesoro, Carlos Zannini, encargado de liderar la defensa jurídica del Estado argentino. Pese a que el expediente de juicio en Nueva York figura que los demandantes son las empresas Petersen, la familia Eskenazi dice que el grupo, con operaciones en el país, “es totalmente ajeno a la demanda”.

Las empresas Petersen habían comprado el 25% de las acciones de YPF a Repsol, el 21 de febrero de 2008, durante el gobierno de Cristina Kirchner. Primero pagaron US$1100 millones por el 14,9% de las acciones y luego US$2200 millones por el 10,1% restante, según los valores de mercado de ese entonces. Para ello, habían obtenido créditos por parte de un grupo de bancos europeos, que se iban a devolver con las utilidades de las acciones. Cuando la Argentina tomó el control de la firma, se suspendieron el cobro de dividendos y las empresas quebraron.

El fondo Eton, por su parte, había comprado el 3,04% de las acciones de YPF en noviembre de 2010 por un total de US$458 millones. En mayo de 2014, Kicillof arregló una indemnización de US$5000 millones a la petrolera española Repsol por el 51% de las acciones que tenía cuando fueron expropiadas.

La demanda contra YPF y la República Argentina comenzó en abril de 2015. Actualmente, el proceso se desarrolla por dos vías distintas. Por un lado, en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, tanto la Argentina como los fondos Burford y Eton Capital buscan la revisión del fallo de primera instancia.

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