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Economía

Extienden plazo

Moratoria: habrá más tiempo para ponerse al día el fisco provincial

Moratoria: habrá más tiempo para ponerse al día el fisco provincial

Por Redacción

Los contribuyentes pueden regularizar sus deudas vía web o de forma presencial.

La Administración Provincial de Impuestos (API) prorrogó un mes la posibilidad de que contribuyentes de la mayoría de los tributos adeudados puedan adherir al Régimen de Regularización Tributaria que había sido votado en la ley 14.046, sancionada a fines del año pasado.

La adhesión a la moratoria vencía este martes, pero ya el viernes pasado el administrador provincial de impuestos, Martín Avalos firmó la resolución 022 extendiendo el plazo en treinta días, tal cual lo estipulaba la mencionada ley.

La moratoria abarca Impuesto sobre los Ingresos Brutos; Inmobiliario Urbano, Suburbano y las mejoras no denunciadas oportunamente; Inmobiliario Rural; Sellos; Contribución de Mejoras; impuestos a las actividades hípicas - Ley N° 5317; g) Patente Única sobre Vehículos; Tasa Retributiva de Servicios; Aportes al Instituto Becario; impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, aportes sociales ley 5.110 y también el Impuesto especial previsto en el artículo 2 de la Ley N° 13.582 que comprende los blanqueos de bienes superiores a $ 305.000.

API había dictado la resolución 012 reglamentando la moratoria y estableciendo el plazo de adhesión entre el 1 de marzo y el 31 de mayo, plazo que ahora -por otra resolución- amplía en treinta días.

Los contribuyentes pueden regularizar sus deudas con el fisco a través de la página web del gobierno provincial o en forma presencial en oficinas de API "cuando así corresponda por la situación de la actuación administrativa, judicial, o de fiscalización pertinente".

La resolución de API establece que el pedido de liquidación de deudas vencerá el 28 de junio cuando las liquidaciones deban ser gestionadas en oficinas de API o en municipios y comunas, mientras que será el 29 de junio cuando las liquidaciones se generen en la web.

En tanto, está vigente el plazo de adhesión a la moratoria destinada a aquellos contribuyentes que hayan realizado construcciones y aún no las hayan declarado ante este organismo. Esta moratoria está abierta hasta el 30 de septiembre y alcanza a los propietarios que tengan construcciones no declaradas, estableciéndose beneficios para quienes se presenten espontáneamente a realizar la declaratoria.

Para incorporarse al régimen de la moratoria, el contribuyente deberá presentarse personalmente en las oficinas de Catastro o bien en el municipio o comuna donde se encuentre radicado el inmueble.

 

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