Por Redacción
Qué valores se manejan por consultas y según el tipo de blanqueo a realizar.
El blanqueo entró en su cuenta regresiva y realizar el trámite de adhesión puede tener un costo asociado. El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe cuenta con un esquema de Honorarios Mínimos Sugeridos para las tareas de asesoramiento profesional relativas a diversos regímenes contemplados en la Ley N° 27.743 (blanqueo de capitales). “No hay honorario regulado, es decir, los honorarios son sugeridos por el alcance o la tarea profesional a desarrollar cuando se realiza ese tipo de trabajo”, afirmaron desde la entidad.
El trámite consiste en, primero, manifestar la adhesión. Por ejemplo, para la primera etapa la manifestación de la adhesión es hasta el 30 de septiembre, y el pago anticipado del 75% si corresponde impuesto. Y después, hasta en la primera etapa, hasta el 30 de noviembre, se presenta la declaración jurada. Esa declaración jurada recién va a estar disponible después del cierre de cada etapa de adhesión.
Por la consulta con un profesional, el honorario sugerido es de $200.000, en tanto que el monto puede variar conforme avance el trámite y según sea el rango de dinero a blanquear. “El honorario lo pacta el profesional con su cliente pero la tabla sirve de manera orientativa para saber lo que vale la tarea profesional involucrada”, aseguraron. Cabe aclarar que los honorarios que perciben los contadores, que varían según la complejidad y el tipo de servicio prestado, “buscan garantizar una retribución justa y acorde con la naturaleza de las tareas realizadas por los contadores públicos”.
El esquema de honorarios sugeridos tiene dos variantes; una es para el blanqueo de dinero en efectivo, que se deposita en cuentas Cera (Cuenta Especial Regularización de Activos) y otra está relacionada con el trámite de bienes que se exteriorizan, por ejemplo propiedades, tanto en Argentina como en el exterior.
Cuenta regresiva
Septiembre es el último mes para adherirse al régimen especial de regularización de activos que impulsa el gobierno de Javier Milei. Tanto personas físicas como jurídicas pueden participar, declarando activos en moneda nacional o extranjera. Además, el dinero regularizado puede invertirse en la Bolsa, ofreciendo la posibilidad de que genere rendimientos.
Para ingresar a este régimen, es necesario abrir una Cuenta Especial de Activos (Cera) en el banco y una Cuenta Comitente de Regularización de Activos en el broker (Ccera), según lo estipulado en la Ley 27.743.
La principal ventaja de este régimen es que da la posibilidad de adherir y depositar los fondos en una Cuenta Especial de Regularización de Activos (Cera) antes del 30 de septiembre de 2024, lo que permite quedar exento del impuesto especial. Si los fondos depositados no superan los 100.000 dólares, pueden ser retirados del circuito Cera después de esa fecha sin retención especial.
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