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Economía

Punto por punto

Cómo se acuerdan los alquileres a partir de ahora en Rosario

Cómo se acuerdan los alquileres a partir de ahora en Rosario

Por Redacción

Empezó a regir el decreto de desregulación de la economía y dejó de estar vigente la Ley de Alquileres.

Este viernes 29 de diciembre se cumplió el plazo de 8 días a partir del cual empieza a regir el decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación de la economía que firmó el presidente Javier Milei la semana pasada. Mientras que el DNU no sufra de un revés en el Congreso o la Justicia que interrumpa su validez, los 366 artículos que modifican un sinnúmero de actividades económicas cotidianas tienen vigencia. Y, con ellos, dejó de regir la Ley de Alquileres.

De esta manera, a partir de hoy alquilar de manera acorde a la legislación en la Argentina pasa a ser muy diferente. Punto biz consultó a operadores inmobiliarios sobre cuáles son las pautas básicas a la hora de negociar nuevos contratos de alquiler en Rosario.

Cómo serán los alquileres a partir de ahora

- Plazo de Contratos: Dos años.  

- Ajuste del Valor de Alquileres: En base a índices que reflejen el efecto inflacionario. Las partes pueden pactar libremente el ajuste del valor de los alquileres utilizando cualquier índice, público o privado, en la misma moneda del contrato. Esto elimina la obligación de usar el Índice de Contratos de Locación (ICL) o el índice Casa Propia.

- Periodicidad de Ajustes: Entre 3 y 6 meses.

- Moneda del Contrato: En pesos, salvo raras excepciones.

- Fianzas y Depósitos en Garantía: Las partes determinan libremente las cantidades y moneda de las fianzas o depósitos en garantía, así como su devolución.

- Rescisión del contrato: A partir de los 6 meses, mes y medio de alquiler de indemnización para cancelar el contrato. 

- Se elimina la compensación de alquileres con reparaciones que hubiera realizado el locatario y la obligación del locador del pago de mejoras.

Cómo se acuerdan los alquileres a partir de ahora en Rosario

Cuáles son las principales diferencias con las regulaciones anteriores

Plazo de Contratos: Antes del DNU, el plazo mínimo era de tres años (Ley de 2020) y luego no se especificaba (Ley de 2023). 

Ajuste del Valor de Alquileres: Previamente, los ajustes eran anuales bajo el ICL (Ley de 2020) o semestrales bajo el índice Casa Propia (Ley de 2023). 

Registro en AFIP: Antes del DNU, era obligatorio registrar los contratos en la AFIP. Esta obligación ya no existe.

Rescisión del Contrato: La ley de 2020 establecía condiciones específicas para la rescisión por parte del inquilino. 

Cómo eran los alquileres con la Ley que rigió hasta octubre

Plazo mínimo de tres años.

Ajuste anual bajo el ICL.

Ampliación de las garantías posibles.

El inquilino no pagaba expensas extraordinarias ni impuestos que gravan la propiedad.

Depósito de garantía limitado al importe del primer mes de alquiler.

Condiciones específicas para la rescisión del contrato por parte del inquilino.

Posibilidad de que el inquilino pague reparaciones de emergencia y las descuente del alquiler.

Obligación del propietario de declarar el contrato en la AFIP.

Como eran los alquileres con los cambios que se aplicaron en octubre

Ajustes semestrales bajo el índice Casa Propia.

Prohibición de solicitar pagos adelantados y publicidad de alquileres en pesos.

Exenciones fiscales para propietarios e inquilinos bajo ciertas condiciones.

Mantenimiento de la obligación de registrar los contratos en la AFIP.

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