Por Redacción
Todos los contribuyentes que hayan realizado operaciones en moneda extranjera pueden solicitar reintegro.
Quienes hayan realizado operaciones en moneda extranjera, tienen la posibilidad de solicitar el reintegro de percepciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca).
Según lo informado por el organismo, la devolución incluye tanto el capital retenido como los intereses generados. Sobre estos últimos se aplica la retención correspondiente del Impuesto a las Ganancias.
Notificaciones y acreditación en cuentas bancarias
Arca comenzó a enviar notificaciones de aprobación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Una vez recibida la comunicación, el monto autorizado se acredita en la cuenta bancaria declarada por el contribuyente en un plazo de tres días hábiles.
El procedimiento se desarrolla de manera escalonada. El organismo agrupa a los contribuyentes por día y procesa los reintegros de manera progresiva. Esto implica que, si bien el sistema ya está en marcha, aún existen montos significativos pendientes de devolución.
Seguimiento del trámite y controles
Los contribuyentes pueden verificar el estado de su gestión a través del servicio "Pago devoluciones" en el portal oficial de Arca, dentro del apartado "Devolución de percepciones". El organismo aclaró que la aprobación final de cada solicitud queda sujeta a controles sistémicos y verificaciones posteriores. En los casos en que se detecten inconsistencias, la devolución puede ser considerada improcedente.
Procedimiento digital para solicitar la devolución
El trámite se realiza íntegramente en línea. Los pasos establecidos son los siguientes:
1. Ingresar al portal oficial de Arca con clave fiscal.
2. Acceder al servicio "Devolución de percepciones".
3. Seleccionar las percepciones ya informadas por el organismo.
4. Incorporar manualmente aquellas que no figuren, acompañadas de la documentación respaldatoria.
5. Presentar la solicitud para su evaluación.
Una vez aprobada, el monto se transfiere a la CBU declarada en un plazo de hasta tres días hábiles.
Montos devueltos y pendientes
De acuerdo con información obtenida por El Cronista a través de un pedido de acceso a la información pública, en 2024 Arca devolvió $115.541 M correspondientes a percepciones por dólar tarjeta.
En los primeros ocho meses de 2025, la suma acreditada llegó a $82.351 M.
No obstante, aún restan acreditarse $1.453 M vinculados a 2024 y $9,9 M de los primeros meses de 2025. Estos números muestran que, si bien el sistema avanzó en la devolución, todavía quedan contribuyentes a la espera de los fondos retenidos.
Requisitos para acceder a la devolución
La solicitud de devolución puede realizarse una vez finalizado el año calendario en el que se generó la percepción. Están habilitados para pedir el reintegro los siguientes contribuyentes:
-Personas no inscriptas en el Impuesto a las Ganancias ni obligadas a inscribirse.
-Inscriptos en Ganancias pero no en Bienes Personales, para percepciones con código 219.
-Personas no inscriptas en Bienes Personales ni obligadas a hacerlo.
-Inscriptos en Bienes Personales pero no en Ganancias, para percepciones con código 217.
-Empleados en relación de dependencia que no sufran retenciones de Ganancias por parte de su empleador.
-Empleados en relación de dependencia que, aun sufriéndolas, registren percepciones con código 219.
Requisitos previos para todos los casos:
--Contar con Cuit y clave fiscal nivel 2 o superior.
-Declarar una CBU válida para devoluciones.
-Constituir Domicilio Fiscal Electrónico.
Devoluciones en trabajadores en relación de dependencia
En el caso de empleados, el tratamiento varía según la situación frente al Impuesto a las Ganancias:
-Si el empleador retuvo Ganancias y el total de percepciones es menor o igual al impuesto determinado anual, estas se computan en la liquidación anual a cargo del empleador. El trabajador debe informar previamente las percepciones mediante el servicio Siradig Trabajador.
-Si el empleador retuvo Ganancias y las percepciones superan el impuesto anual determinado, se computan hasta el límite de dicho impuesto. El excedente puede solicitarse a través de la declaración jurada de Ganancias y el servicio "Devoluciones y/o Transferencias".
-Si el empleado no tributa Ganancias ni Bienes Personales, puede pedir la devolución total mediante el servicio "Devolución de Percepciones" con clave fiscal.
Peso fiscal de las percepciones
El dólar tarjeta continúa vigente debido a su importancia en la recaudación. Entre abril y junio de 2025, las percepciones generaron $359.594 millones en concepto de Ganancias y $1,267 billones en Bienes Personales.
El esquema de percepciones no solo constituye una fuente de ingresos fiscales, sino que también se integra al sistema de control tributario. La devolución de los montos retenidos funciona como incentivo para que los contribuyentes formalicen sus trámites y mantengan actualizada su situación fiscal.
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