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Economía

Luz verde

Afip ordenó el primer embargo sobre billeteras virtuales

Por Redacción

Esta disposición se basa en el auge de los activos digitales en el sistema financiero. 

La Afip incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede trabar embargos a contribuyentes morosos y ya se habilitó el embargo a un contribuyente moroso ante la imposibilidad de cobrar la deuda con los fondos en su cuenta bancaria. Esta disposición, según remarcaron desde el organismo, se basa en el auge de las billeteras virtuales en el sistema financiero.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Federal de la Seguridad Social número 10 tras un pedido de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para asegurarse cobrar deudas acumuladas por el moroso, aunque no trascendió el monto de la deuda. 

Según fuentes oficiales, Afip identificó a 9.800 contribuyentes morosos para los que solicitó a la Justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales a través de los cuales pueda asegurarse el cobro de unos $24.000 M en impuestos adeudados. Hasta el momento, los embargos realizados por Afip estaban dirigidos exclusivamente a cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles (registrales) y créditos de contribuyentes morosos.

Los abogados del ente recaudador presentaron ante el juzgado la solicitud a partir de que “el demandado no regularizó ni canceló la deuda ejecutada” a lo que se sumó “el agravante” de que no contaba con fondos en cuentas bancarias tradicionales.

”Téngase por acreditada la constancia de embargo general bancario con resultado negativo. Atento al estado de autos, por la suma reclamada con más el 15% que se presupuesta provisionalmente para responder a intereses y costas, decreto embargo sobre las sumas que la ejecutada tenga que percibir de las firmas individualizadas en el escrito a despacho”, sostiene el fallo que permitió el embargo sobre los activos digitales.

Las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses en medio de la pandemia de coronavirus. Ese plazo terminó con el 2021.En ese marco, el organismo recaudador inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda. El proceso se está realizando en forma gradual y sumó la posibilidad de solicitar a la Justicia embargos sobre activos digitales, se indicó. 

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