Por Redacción
Los sectores que aparecen en la lista oficial tendrán que cumplir con los acuerdos de precios de la Secretaría de Comercio Interior.
La Secretaría de Agricultura avanzó en la implementación del dólar para economías regionales, que entró en vigencia con la Resolución 138/2023 publicada en el Boletín Oficial. El tipo de cambio diferencial se aplicará hasta el 31 de agosto, y su valor será de 300 pesos por dólar.
La medida se aplica a una serie de productos, entre ellos, muchas variedades de pescado, miel natural, hortalizas secas, aceitunas, garbanzos, porotos y otras legumbres, arvejas, espárragos, limones y su aceite natural, frutos secos, uvas y pasas, cerezas ácidas, ciruelas, ajos, arándanos rojos, mirtilos y otros frutos del género Vaccinium.
La disposición también incluye el té verde y negro, el maíz pisingallo, el maní en sus distintas variedades, el aceite de maní, los aceites de pescado, las ceras vegetales, el aceite de oliva, el aceite de jojoba, el maíz dulce, los extractos de carne bovina, las preparaciones de pescado, los vinos, el tabaco, la harina de carne y pescado, la forestación, las lanas y el aceite de limón, entre otros.
A pesar de que se rumores de que habrá reuniones del gobierno con varios sectores para incluir más productos en el dólar economías regionales, la Resolución no incluye productos como los lácteos, las peras, las manzanas, la yerba mate, el algodón y otras producciones. También se había mencionado al sorgo, la cebada y el girasol como posibles productos que ingresarían al sistema, lo que podría generar una recaudación de u$s600 M por estos productos, pero finalmente tampoco se incluyeron en la lista.
Para poder acceder al tipo de cambio diferencial, los sectores que aparecen en la lista oficial tendrán que cumplir con los acuerdos de precios establecidos por la Secretaría de Comercio Interior para el mercado local. El gobierno teme que una mejora en el tipo de cambio se traduzca en un aumento en los precios internos de los alimentos. De hecho, el listado de producciones que se suman al nuevo dólar se dio a conocer después de que se anunciara que la inflación del mes pasado fue del 7,7%, el aumento mensual más alto en más de 20 años.
La Resolución también establece que los sectores que accedan al tipo de cambio diferencial deberán haber exportado en algún momento de los 18 meses anteriores a la entrada en vigencia del Decreto N° 194, de fecha 9 de abril de 2023, y comprometerse a mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo registrados bajo su dependencia en el momento de la entrada en vigencia del mencionado Decreto.
Desde la Secretaría de Agricultura se recuerda que las mercaderías contempladas en la medida "derivan de las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, como así también de la producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas -tales como la cereza, la ciruela y el arándano".
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