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Agro

No es un amparo

En qué consiste el segundo recurso judicial que busca frenar las retenciones

Se trata de un pedido de control de constitucionalidad ante la justicia federal de Tucumán.

Por Redacción

El planteo se sumó ayer a la presentación que ya hizo la Sociedad Rural Argentina.

A diferencia del amparo que fue motorizado en la justicia federal de Córdoba por productores de Juesún María y bajo el paraguas de la Sociedad Rural Argentina (SRA), este jueves otra acción judicial del campo fue ingresada para intentar frenar las retenciones.

Se trata de un pedido de control de constitucionalidad ante la justicia federal de Tucumán, con el objetivo de llegar a la Corte Suprema y buscar que ese máximo tribunal invalide la capacidad del Ejecutivo para fijar las retenciones luego de la caída del Presupuesto 2022, que contenía la prórroga de las facultades delegadas por el Congreso. 

El planteo esta vez fue impulsado por la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte (Apronor) y demuestra que las entidades empresarias del agro buscarán reforzar la batalla jurídica ante el escaso rendimiento que podrá aportar el lobby parlamentario en el corto plazo. 

De acuerdo al escrito presentado ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, es un método previsto por la Constitución Nacional y por el artículo 322 del Código Procesal Penal para pedir el control de constitucionalidad ante un hecho que genere incertidumbre sobre su legalidad. 

El argumento disparador, de acuerdo a los denunciantes, aplica la línea interpretativa de la Mesa de Enlace sobre la ausencia de facultades del Ejecutivo para la firma del decreto 131/2022. 

El control de constitucionalidad que pusieron a prueba los empresarios rurales tucumanos es una alternativa al amparo, porque ese recurso ya fue cuestionado por la Corte a fines de febrero. Ante un amparo presentado por la multinacional exportadora Cargill, el máximo tribunal consideró que no es la vía correcta para cuestionar la aplicación de las retenciones. 

El planteo presentado en San Miguel de Tucumán busca superar ese obstáculo, aunque podría quedar a mitad de camino. Según le explicó al diario La Nación el vicepresidente de Apronor, Roberto Palomo, si logran que el decreto no pase el control de constitucionalidad luego presentarán un amparo y "un recurso de repetición en AFIP para que se devuelva lo retenido desde el 1° de enero de 2022″, detalló Roberto Palomo. 

En el Gobierno estiman que esas instancias quedarán invalidas. El único camino posible es una nueva ley porque es el Congreso el que tiene la potestad de definir los derechos de exportación y sólo puede delegar esa facultad al Ejecutivo.

La clave pasaría por el Código Aduanero y reformar el capítulo referido a los derechos de exportación. La Sociedad Rural Argentina considera lo contrario y así lo detalló cuando presentó el amparo en Jesús María. 

Sostiene que el cobro de retenciones "más allá del 31 de diciembre de 2021, sin que el Congreso haya prorrogado las facultades delegadas del artículo 52 de la Ley 27.541, se encuentra viciada de nulidad absoluta e insanable, y es manifiestamente inconstitucional". Para este grupo "no hay otra posible discusión interpretativa al respecto".
 

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