Por Redacción
Buscan acompañar a los productores que sufren las consecuencias de la sequía, incluyendo pérdida de cosechas y animales.
El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció este martes una batería de medidas para campo tras la peor sequía registrada en la historia. Alcanzarán a más de 60.000 productores e incluyen la suspensión del pago de anticipo de ganancias, beneficios fiscales ante la venta forzosa de ganado y la suspensión de intimaciones y embargos de las cuentas bancarias.
Se establecerá también un plan de pagos de 48 cuotas para regularizar deudas con la Afip y ordenar la situación de los productores con el organismo, lo que facilitará el acceso a las líneas de financiamiento existentes en el marco de la emergencia agropecuaria. Se podrán regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentación del plan de facilidades de pago, junto con sus intereses y multas.
Por otra parte, "se suspenderán las intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, los juicios de ejecución fiscal y el levantamiento de los embargos en las cuentas bancarias; el pago de anticipos del Impuesto a las Ganancias; y se otorgarán beneficios fiscales para la venta forzosa de vientres".
Según el Gobierno, la suspensión del ingreso de anticipos correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales regirá hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia. Se trata de aquellos vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del citado estado de emergencia.
Asimismo, se realizará la deducción en el Impuesto a las Ganancias por la venta forzosa de hacienda para que las y los productores puedan deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.
En el caso del monotributo, gozarán del beneficio las obligaciones mensuales correspondientes al componente impositivo cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o zona de desastre agropecuario.
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