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Actualidad

Fuente: punto biz (desde Venado Tuerto)

Lo aprobó el Concejo de Venado Tuerto

Un puente peatonal para unir la actual sede de un Sanatorio con la nueva

Por Redacción

El Concejo Deliberante de Venado Tuerto, autorizó en la sesión del pasado miércoles al Sanatorio San Martín a construir un puente peatonal que una su actual sede, con el nuevo edificio que está construyendo cruzando la calle.

La medida fue acordada luego de un largo e intenso debate, que incluyó la intervención de la Comisión Mixta de Gestión Territorial, que cuenta con representantes del Ejecutivo municipal, el Concejo y los colegios de Arquitectos e Ingenieros de la ciudad.

El pedido fue realizado por las autoridades del Sanatorio San Martín, aunque la ordenanza habilitará a otras instituciones de salud o de educación a poder construir un puente similar.

Según el concejal socialista, Roberto Meier, el puente del San Martín representará un atractivo estético y mejorará la circulación vial, principalmente por el actual ingreso al Sanatorio, por calle San Martín.

Por su parte la normativa, define que para poder acceder a esta alternativa uno de los edificios tendrá que tener una superficie mayor a 1000 metros cuadrados y la segunda una superficie no menor de 500 metros cuadrados.

Además, el puente deberá ser de tipo desmontable, con estructura autoportante; tener una sección máxima de 3 metros de ancho por 3,50 metros de alto y un despegue mínimo libre de la calzada de 6 metros.

La ordenanza exige, además, “justificación de la dependencia entre ambos edificios respecto de la funcionalidad de la institución sanitaria y/o educativa, acompañando para esto de una memoria Descriptiva del funcionamiento de la misma, más los planos correspondientes”.

Por otra parte, la empresa que pretenda instalar un puente de este tipo, deberá pagar un canon mensual de 40 UTM mensuales por metro de largo que invada el espacio público municipal (ancho de la calle entre líneas de edificación). También deberá “presentar un seguro de responsabilidad civil por posibles daños y perjuicios que ocasionare sobre la vía pública, y/o sobre personas y cosas muebles e inmuebles”.

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