• Dólar Banco Nación $894.00
  • Contado con liqui $1085.70
  • Dólar MEP $1039.34
  • Dólar Turista $1430.40
  • Dólar Libre $1055.00
  • Dólar Banco Nación $894.00
  • Contado con liqui $1085.70
  • Dólar MEP $1039.34
  • Dólar Turista $1430.40
  • Dólar Libre $1055.00

Economía

Ya es oficial

Vuelven los viajes en ómnibus: requisitos y condiciones para viajar

Por Redacción

El gobernador Omar Perotti firmó el decreto que autoriza los viajes de media y larga distancia.

El gobernador de la provincia de Santa Fe Omar Perotti autorizó los viajes de media y larga distancia en Santa Fe. Aunque su puesta en marcha demandará algunos días más, el decreto habilita los servicios interurbanos de jurisdicción nacional tanto para trenes como para ómnibus en el marco de la pandemia de coronavirus.

 

LOS REQUISITOS

El decreto 1440/20 establece que sólo podrán desplazarse por esta vía quienes tengan el Certificado Único Habilitante para Circulación (Cuhc) que se tramita a nivel nacional. Las personas que ingresen al distrito, sean residentes o no, tendrán que presentar la declaración jurada a través de la aplicación provincial. El tercer documento requerido es el formulario para viajes desde otros puntos del país.

 

La normativa establece que durante los primeros 14 días de estadía en Santa Fe se deberá cumplir el régimen de aislamiento social, preventivo y obligatorio (Aspo), así como el resto de las medidas obligatorias para prevenir el contagio de coronavirus. Al mismo tiempo, habilitan al Ministerio de Salud a realizar otros procedimientos para detectar síntomas de la enfermedad. No es obligatorio el hisopado negativo para entrar a Santa Fe.

 

Según el texto que lleva la firma de Perotti, las empresas de transporte deberán encargarse de que los pasajeros tengan los papeles en regla antes de partir de su lugar de origen. Tanto las del rubro automotor como las ferroviarias tendrán que contar con el visto bueno de la Secretaría de Transporte provincial para empezar a operar. 

 

El gobierno nacional estableció un tope de pasajeros para los micros de media y larga distancia de acuerdo a la capacidad de cada unidad, que en el caso de los servicios ferroviarios será de un 60 por ciento. 

 

Para los micros de media y larga distancia, la capacidad máxima será de 37 pasajeros para los coches semicama, de 26 para los cama ejecutivo y de 18 en los cama suite.

 

En todos los casos, se tendrá que proveer de tapabocas a conductores y empleados. A su vez, se deberá tomar la temperatura de los trabajadores, tripulantes y pasajeros, y cumplir con estrictas normas de ventilación, desinfección y limpieza de espacios comunes y sanitarios.

 

Por otra parte, recomienda que en las unidades se implemente una separación física que divida a usuarios y conductores y que la misma sea de material transparente, de manera de no afectar las condiciones de visibilidad ni comprometer la seguridad para brindar los servicios.

 

En cuanto al uso del aire acondicionado, deberá funcionar en modo recirculación y cumplir con las 20 renovaciones de aire por hora en toda la unidad, y aunque permanezca encendido durante el trayecto, será necesario mantener la totalidad de las ventanillas abiertas.

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES.

Si querés ser protagonista de los Negocios necesitás información.
Si estás acá es porque necesitás esta información.

SUSCRIBITE

Por asesoramiento personalizado o consulta de Planes Corporativos escribinos a suscripcion@puntobiz.com.ar. Whatsapp al 3415034363.

Más info

Lo que tenés que saber de Economía

Las más leidas

Además

La sesión de tu cuenta se cerro por exceso de usuarios.

¿Querés recibir notificaciones de alertas?