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Economía

Debate en Diputados

Ley de Teletrabajo: qué cambiará para empresas y empleados

Por Redacción

La pandemia aceleró el tratamiento de una nueva normativa para regular el home office.

La comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados emitió dictamen de mayoría sobre el proyecto de teletrabajo que regula la modalidad de trabajo a distancia, al establecer los derechos laborales de los empleados y las obligaciones de las partes.

 

Las claves del proyecto:

-Qué se entenderá por Teletrabajo

El proyecto estipula que "habrá contrato de Teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios" sea "efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador mediante la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones".

Pero hay que tener en cuenta que las regulaciones específicas se establecerán para cada actividad mediante la negociación colectiva, respetando los principios de mínimos establecidos en la Ley de Contrato de Trabajo.

-Qué derechos tendrán los teletrabajadores

El proyecto indica que "las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad, gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial".

-La jornada laboral

Deberá ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de acuerdo con los límites establecidos en las leyes y convenios colectivos vigentes de la actividad, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos.

-Cómo se controlará la jornada de trabajo

De acuerdo al proyecto, las plataformas y/o software utilizados por el empleador tendrán que desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral establecida, impidiendo la conexión fuera de ella.

-El trabajo fuera de horario

El proyecto introduce el concepto de "derecho a la desconexión digital", por el cual la persona que trabaja bajo esta modalidad "tendrá derecho a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias" y "no podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho".

-El trabajo virtual y las familas

El proyecto hace hincapié en la posibilidad de realizar "tarea de cuidados", para quienes "acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada".

-Qué pasa con el trabajo presencial

El proyecto indica que el trabajador sí podrá hacerlo, en cualquier momento de la relación laboral, mientras que el empleador lo podrá hacer si lo permite el convenio colectivo de la actividad.

-Provisión de software

El empleador deberá proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte para las tareas. Deberá asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja. La compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva".

-Entrada en vigencia la ley

Luego de los 90 días de que finalice el aislamiento obligatorio. 

 

 

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