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Economía

Lo que tenés que saber

Monotributo: se promulgaron los cambios en el sistema

Por Redacción

Se conoció este jueves el decreto de reglamentación que tiene la firma del presidente. Luz verde también para un plan de pagos para deudores.

A través del Decreto 480/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán, fue promulgada la norma que establece cambios en el sistema del monotributos y que también impulsa la puesta en marcha de un plan de pago de 60 cuotas para deudores.

La iniciativa comenzó a gestarse cuando a principios del mes pasado, la AFIP actualizó en forma retroactiva las nuevas escalas y categorías, y recategorizó a más de 4 millones de personas.

Esto provocó que a contribuyentes que ya habían pagado en tiempo y forma se les generara una deuda por un aumento del 35% en los montos entre enero y mayo. Ante los fuertes reclamos, el Gobierno dio marcha atrás con la actualización y la semana pasada el Senado aprobó una modificación de la Ley de Monotributo.

La iniciativa impulsada por los diputados Sergio Massa y Máximo Kirchner establece que las escalas del primer semestre del año mantienen los valores de diciembre de 2020, sin el aumento retroactivo del 35%. Pero como la aprobación de los últimos cambios se demoró, la AFIP tuvo que extender el período para recategorizarse, primero hasta julio y ahora hasta el 17 de agosto.

“Prorrogamos la recategorización al mes de agosto para que las y los monotributistas puedan beneficiarse con los límites de facturación establecidos por la nueva ley”, explicó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. La recategorización estará habilitada desde el 28 de julio al 17 de agosto y, por otra parte, hasta el 27 de agosto podrá realizarse el pago de la obligación mensual de dicho mes.

De esa forma, el cambio de categoría se dará en simultaneo con los nuevos umbrales de facturación establecidos por la nueva ley. La titular de la AFIP también detalló novedades en cuanto a la moratoria. "Va a haber ver tasas para categorías más bajas de hasta 60 cuotas del 1,25%, el proyecto decía hasta 1,50% y después serán más altas para las categorías más altas", explicó Marcó del Pont.

Ese beneficio está vigente desde la reglamentación y lo mismo ocurrirá con las otras modificaciones. Por ejemplo, aquellos que tengan una deuda podrán ingresar a la moratoria y aquellos que en algún momento salieron del monotributo por haber facturado por encima de los límites podrán volver al régimen.

Con esta reforma se crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes destinado a complementar el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

Nueva fecha para la recategorización en el Monotributo

Asimismo, la AFIP prorrogó el plazo para que los monotributistas realicen la recategorización semestral y cumplan con la obligación de pago mensual correspondiente a agosto.

La decisión del organismo garantiza que los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes.

La normativa del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont dispone que la recategorización para los monotributistas estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto.

Cómo cumplir con la recategorización en el Monotributo 2021

Para iniciar la recategorización en el Monotributo 2021, se deben seguir los siguientes pasos:

Paso 1: el contribuyente debe ingresar al sitio web de AFIP o descargarse en su teléfono móvil la APP "Mi Monotributo"
Paso 2: ingresar su CUIT y clave fiscal, ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al Monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
Paso 3: se visualizarán los datos que AFIP tiene de ese usuario a título informativo.
Monotributo 2021: cómo cumplir con la recategorización
Recategorización Monotributo 2021: cómo cumplir con la recategorización
Paso 4: ingresar en la opción "Recategorizarme"
Paso 5: luego pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido. Allí el sistema indicará si corresponde algún cambio en su categoría o no.

 
Desde el 1 de agosto y hasta el 31 de enero de 2022, las escalas del Monotributo quedarán de la siguiente manera:

Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000.
Categoría B: el tope quedó en $550.000.
Categoría C: la facturación sube a $770.000.
Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000.
Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000.
Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000
Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000.
Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000.
Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000.
Categoría J: el tope alcanza $3.335.000.
Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000.

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