Por Redacción
La normativa que limitaba las ventas al exterior de una materia prima clave estaba vigente desde 1992.
A través de una disposición que se publicó hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía derogó la normativa que establecía derechos de exportación para algunas posiciones arancelarias de cueros y establecía cómo calcular la base imponible para aplicar el impuesto.
La nueva resolución cumple con abrogar la 537/1992, por resultar "contraria" a la finalidad planteada por el Gobierno Nacional y "abstracta" en su implementación dada la eliminación de retenciones para los cueros bovinos.
La medida de efecto inmediato a partir de su publicación en el Boletín Oficial busca incrementar el ingreso de divisas de la actividad que suman cerca de u$s400 millones por año.
La decisión pone fin a una regulación de hace 30 años que buscaba hacer más competitivo el precio del subproducto en el mercado interno donde se utiliza para la industria del calzado y marroquinería principalmente que, ahora, deberán pagar por el insumo el precio internacional.
Según el texto oficial, la nueva normativa 727/2025, busca establecer "condiciones igualitarias para la producción y exportación de los cueros respecto del resto de los productos agroindustriales, procurando mejoras de la competitividad y fomentando un mayor proceso de internacionalización de los productos agroindustriales".
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