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Economía

Fuente: Punto biz

Vencía este viernes

Se extiende por 90 días el contrato actual de la Hidrovía

Se extiende por 90 días el contrato actual de la Hidrovía

Por Redacción

El decreto lleva la firma del ministro de Obras Públicas, Gabriel Katopodis, quien interinamente suscribe las resoluciones de la cartera de Transporte.

Todas las dudas despejadas. Finalmente se filtró el decreto del Ejecutivo que define una prórroga por 90 días del contrato de concesión de la Hidrovía, plazo en el que se aguarda pueda avanzar la licitación internacional del mantenimiento del canal navegable por que pasa el 90% de las exportaciones argentinas

La resolución llevará la firma del ministro de Obras Públicas, Gabriel Katopodis, quien interinamente se encuentra “a cargo de la firma del despacho” de la cartera de Transporte, que es la encargada del tema y está vacante desde el trágico fallecimiento de Mario Meoni.

El texto, al que pudo acceder Punto biz define “la continuidad del Contrato de Concesión de obra pública por peaje para la modernización, ampliación, operación, y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal aprobado por el Decreto Nº 253/95 con sus actos modificatorios y complementarios, desde la terminación del plazo contractual y por el término de 90 días”.

Así, el gobierno nacional termina con las especulaciones y da luz verde a la continuidad de la UTE Hidrovía SA, conformada por la belga Jan de Nul, a cargo del dragado y la argentina Emepa SA, conducida por Garniel ROmero, en al tarea de balizamiento, pese a la resistencia de un grupo de legisladores leales a Cristina Fernández de Kirchner que en las últimas horas habían reavivado el lobby para avanzar en un plan de estatización del mantenimiento de la vía navegable.

Más allá de la decisión de la prórroga en cuestión, el decreto aclara que la extensión dispuesta “se efectuará con carácter precario y podrá ser revocada, en cualquier momento sin que se genere derecho subjetivo, derecho en expectativa o precedente invocable alguno a favor del operador ni reconocimiento de suma alguna por la eventual revocación anticipada al plazo previsto”.

Agregó además que durante el plazo en que se extienda esta situación, “el operador deberá prestar el servicio y demás obligaciones de conformidad con los términos constitutivos del Contrato de Concesión, (...) incluyendo el mantenimiento de la vigencia de las garantías correspondientes y las tarifas vigentes”.

“El servicio involucrado deberá prestarse en condiciones de regularidad, continuidad, igualdad y obligatoriedad, bajo el control y fiscalización de la subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante de la secretaría de Gestión de Transporte”, especificó el decreto.

En sus considerandos, el texto puntualizó que las vías navegables en cuestión “constituyen la opción de transporte más relevante de nuestra producción agrícola, tanto de graneles sólidos como líquidos; por ella circula más del 90% de la mercadería transportada en contenedores; la carga de nuestra industria automotriz; de la industria metalúrgica, en particular su producción siderúrgica; la gran mayoría del transporte de pasajeros en la modalidad de cruceros; un gran porcentaje de las operaciones de cabotaje y transbordo de cargas”.

Dada esa relevancia, en el decreto se consideró que “resulta necesario garantizar la continuidad y regularidad de la prestación de los servicios en cuestión y asegurar condiciones adecuadas para la sustanciación del procedimiento de selección de contratistas”.

Asimismo, se aclaró que la prórroga se dispone “ante la insuficiencia de los recursos del Estado Nacional para asumir la ejecución por sí de los trabajos de dragado, balizamiento y operación requeridos”.

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