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Actualidad

Fuente: Punto biz

Qué papeles hacen falta

Habilitan trámite express para productores en emergencia

Por Redacción

Podrán solicitar beneficios impositivos, prórrogas o exenciones.

La Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria de Santa Fe decidió declarar en emergencia o desastre, según corresponda, la totalidad de los departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado, más los distritos del norte de San Javier, donde las abultadas lluvias que se vienen sucediendo casi sin pausa desde un mes atrás han causado serios daños a la producción.

 

El encuentro estuvo presidido por la Ministra de la Producción, Alicia Ciciliani, y por los senadores departamentales Raúl Gramajo (9 de Julio), Hugo Sosa (Vera) y Orfilio Marcón (General Obligado), además de técnicos de la cartera productiva. El agro estuvo representado por el vice presidente de Carsfe, Mario Saliva y el secretario Ignacio Mántaras, además de representantes de las sociedades rurales de Tostado y Vera, del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la provincia y el INTA.

 

Al término del encuentro, según publica El Litoral Ciciliani sostuvo que se determinó agilizar al máximo los trámites para acelerar el beneficio a los productores. Para ello, explicó que se solicitará sólo la Declaración Jurada más una fotocopia de partida inmobiliaria y el trámite podrá hacerse a través de la página web de ministerio. En todos los casos, el solicitante deberá estar inscripto en el RUPP, Registro Único de Productores Primarios. Y quien desee realizar en trámite en persona podrá hacerlos a través de las sociedades rurales y las delegaciones de la cartera productiva en Villa Minetti y Reconquista.

 

Al margen de los beneficios impositivos, que podrán ser de prórrogas en caso de calificar en emergencia (50% de daño) o exenciones si es desastre (perjuicio del 80%), la funcionaria relató que, además de solicitar la pronta homologación al gobierno nacional, pedirán que se suspenda la caución por enviar a faena animales por debajo del peso mínimo y eximir el pago del Impuesto a las Ganancias en las ventas forzadas de hacienda que se generen desde los distritos afectados.

 

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