Fuente: Punto Biz
Por Redacción
Es una empresa que estaba concursada y su inclusión en la base de datos Apoc le generaba muchos perjuicios. ¿Quién es? ¿Por qué la Justicia falló a su favor?
En un fallo sin antecedentes en la provincia, el Juez en lo Civil y Comercial N° 16 de los Tribunales de Rosario, Dr. Pedro Boasso, aceptó una medida cautelar solicitada por la empresa Perfil Chap SRL en convocatoria de acreedores y ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) que proceda a dar de baja de su base de datos denominada Apoc a la empresa concursada, en un plazo de cinco días. La resolución, obvio, está apelada.
Apoc es una especie de Veraz de la Afip, en donde figuran aquellas empresas que la entidad recaudadora considera "sospechosas", prima facie, de haber producido un conjunto de irregularidades que harían presumir maniobras en virtud de las cuales se generarían créditos fiscales apócrifos entre un conjunto de sociedades creadas a ese solo efecto.
Al ser pública esa base de datos, la figuración en ese listado puede generar problemas serios a empresas que se ven impedidas de trabajar normalmente, por cuanto la propia Afip "recomienda" a las demás compañías abstenerse de tratar con las firmas comerciales que allí figuran. Ese fue uno de los argumentos que la empresa en cuestión adujo al ser presentada su convocatoria de acreedores
En su fallo, el juez sostuvo que la "incorporación en dicha base de datos ha sido incorrecta e injustificada, y amén de ello le produce consecuencias perjudiciales para el normal desenvolvimiento de su actividad comercial".
Si queres ver completo el importante fallo, hace clic en el archivo adjunto
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