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Economía

Extienden plazo

Más tiempo para anotarse al plan de pagos de Ganancias y Bienes Personales

Más tiempo para anotarse al plan de pagos de Ganancias y Bienes Personales

Por Redacción

El ente recaudador busca “facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.

La Afip extendió hasta el 31 de diciembre el plazo para acceder a un plan de facilidades de pago para regularizar los saldos pendientes del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

La medida se oficializó a través de la resolución 5295/2022 publicada en el Boletín Oficial. Desde el organismo recaudador aseguraron que el objetivo de la prórroga es “promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes”.

De esta manera, el beneficio establece un plan de pago de tres cuotas, con un pago a cuenta del 25% y una tasa de interés mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) de los plazos fijos en pesos del Banco Nación a 180 días. A esto se le suma un 1% anual en caso de ser personas humanas o un 3% si se trata de personas jurídicas.

Además, para quienes adhieran al nuevo plan de pago no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) del deudor, siempre que estén incluidos en las categorías A, B, C o D y excluyendo a los denominados como “riesgo muy alto”, que pertenecen a la categoría E.

El Siper es un sistema informático que califica mensualmente a los ciudadanos en función a su comportamiento fiscal y el pago de sus obligaciones. También tiene en cuenta otros criterios como infracciones, procesos judiciales, sanciones aduaneras y la presentación o no de las declaraciones juradas.

El nuevo esquema beneficia especialmente a los contribuyentes de categorías B, C y D, que de no contar con este plan de cuotas, deberían afrontar pagos a cuenta mucho mayores, con porcentajes de entre un 35% y un 50%. Y con un máximo de dos cuotas para la categoría B y una sola, para la C y D.

La AFIP aclaró que en el caso de que las cuotas del plan de facilidad de pago sean iguales o superiores a $100 millones, los mismos deberán cancelarse mediante un volante electrónico de pagos (VEP).

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