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Economía

Punto por punto

Monotributo: qué dice el proyecto al que Diputados dio media sanción

Por Redacción

Beneficios para los contribuyentes de las categorías y el mecanismo que se utilizará para actualización de escalas y pagos mensuales.

La Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de ley que introduce una serie de cambios en el Monotributo. Además de habilitar un paso más armónico para los contribuyentes de las categorías más altas entre el Régimen Simplificado y el General, la iniciativa establece que las escalas de facturación y las cuotas mensuales, que en este 2021 seguirán la evolución que tuvieron el año pasado las jubilaciones mínimas.

 

Diputados le otorgó por unanimidad media sanción a la iniciativa que ahora deberá ser sancionada por el Senado. Fueron 237 votos positivos, ninguno negativo y dos abstenciones.

 

La modificación en el Monotributo es fundamental para actualizar las tablas de categorías y cuotas mensuales, que se efectúan habitualmente el primer día del año, pero que en este 2021 quedaron sin cambios ante la suspensión de la movilidad jubilatoria, el índice que se utiliza para actualizar el régimen simplificado.

 

El proyecto de ley de reforma del Régimen Simplificado apunta a que una vez sancionado los parámetros del Monotributo aumentarán 35,3%, en línea con lo que lo hicieron los haberes mínimos de los jubilados y pensionados a lo largo del año pasado. En tanto, para los períodos fiscales subsiguientes, el índice de actualización seguirá a la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, que se actualiza por salarios y recaudación previsional.

 

Considera a los que deberían haber quedado fuera del régimen simplificado en 2020 pero por la suspensión de exclusiones aún siguen contenidos en él; a los que lo harían en 2021 y a de los siguientes años con distintas modalidades y beneficios.

 

Aquellos monotributistas que se excedieron en la facturación en hasta 25% tienen la opción de quedarse en el Régimen Simplificado, pagando un monto adicional y pasando a la categoría correspondiente. Si durante el período, se pasó en forma voluntaria al régimen general y obtuvo ingresos superiores de hasta un 25% más que el tope de la categoría máxima del régimen simplificado puede volver a ser monotributista.

 

En lo que denominan un “puente transitorio” para el 2020, se establece que aquellos que se excedieron más de 25% pero su facturación no superó el 50% de las ventas totales anuales para una microempresa pasarán al régimen general y deben pagar Ganancias e IVA. Les permite computar créditos fiscales presuntos en IVA y gastos fiscales presuntos en Ganancias. Contarán con una deducción especial.

 

En tanto, el proyecto apunta a que para 2022, se consolide un “puente permanente” entre el Monotributo y el Régimen General que será aplicable a personas excluidas del primero y a quienes realicen la renuncia voluntaria (siempre que su facturación en exceso no supere el 50% de las ventas totales anuales para una microempresa).

 

Esos contribuyentes tendrán crédito fiscal adicional en IVA equivalente al impuesto que se les hubiera facturado y discriminado en los 12 meses anteriores a la fecha de la exclusión o renuncia; así como deducción adicional en Ganancias equivalente el monto neto de IVA facturado durante los 12 meses anteriores a la fecha de la exclusión o renuncia.

 

Los contribuyentes que pasen voluntariamente al RG tendrán un beneficio adicional que consistente en una reducción del saldo deudor en el IVA que será del 50% en el año posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y del 10% el tercero.


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