Por Redacción
Los Ministerios de Agroindustria y de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación confirmaron hoy mediante la publicación de la Resolución Conjunta 10/2016, 30/2016 y 12/2016, la normativa que permitirá tener un período de 45 y 90 días para presentar las Declaración Jurada de Venta al Exterior de trigo pan, y trigo pan baja calidad
La resolución está en línea con el objetivo de transparentar los mercados y facilitar la comercialización la cual ya no tiene cupos límites para exportación desde el 28 de diciembre de 2015.
A partir del día de la fecha se presentan una serie de cambios que reducen los controles para realizar los trámites modificando plazos y horarios. De esta manera, se prevé seguir trabajando para la sistematización electrónica de todo el proceso de registro.
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