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Actualidad

Venta online: denuncian a empresas por incumplir entregas

Por Redacción

Colchonerias, casas de electrodomésticos, cadenas de supermercados, portales de compra - venta y hasta un shopping  fueron imputados en Argentina por presuntas infracciones a la Ley Defensa del Consumidor, por incumplimientos relacionados con los plazos de entrega de sus ventas on line, por brindar información confusa y deficientes canales de atención, durante la emergencia sanitaria y social por el Covid 19.

 

En el caso de los supermercados, se advirtió que contenían en sus portales de compra leyendas solicitando a los consumidores que sepan disculpar las demoras en la entrega, cuando el consumidor elige entre los días y horarios predispuestos por la empresa, y es un derecho de las y los consumidores el tener una fecha de entrega cierta y determinada. Incluso se recibieron varios reclamos de consumidores que solicitaron envío a domicilio y al no recibir la mercadería, la firma les informaba que debían retirarla por el local. A raíz de ello, en las actuaciones de oficio iniciadas, se recreó el proceso de compra, advirtiendo que la información suministrada era confusa ya que al elegir la opción envío a domicilio, el portal registraba tal opción como seleccionada, pero más abajo refería al retiro en tienda, lo que constituiría información que induce a error y confusión a los consumidores.

 

En las actuaciones iniciadas a la principal plataforma de venta online del país, se había advertido que prometían entregas en plazos reducidos, informando luego que no podría hacerse efectiva por motivos del aislamiento social obligatorio.


Con relación a las otras firmas, se registraron reiterados reclamos por problemas relacionados con la entrega de los productos adquiridos y falta de canales de atención de los reclamos o se detectó que la firma informaría la fecha de entrega una vez finalizado el pago del producto, imponiendo en forma unilateral largos plazos de espera e incumplimiendo los mismos.

 

La Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) establece que informar un plazo de entrega cierto es una obligación para todos los proveedores, incluso durante la cuarentena, y las leyendas o cláusulas que adviertan sobre posibles incumplimientos son abusivas y no están permitidas. En el marco de la emergencia sanitaria y el aislamiento social preventivo y obligatorio, estas conductas colocan a las y los consumidores en situaciones de mayor vulnerabilidad y los deja a merced de plazos de entrega indefinidos. Además, inducen a error a los consumidores acerca de cuáles son sus derechos y, por ende, pretenden desalentar los reclamos para que ellos puedan ejercerlo.

 

 

Tras la imputación las empresas pueden realizar su descargo. La SSADC determinará las sanciones que correspondan.

 

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