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Economía

Salió en el Boletín Oficial

Promulgaron ley que define más controles para la emisión de deuda en dólares

Promulgaron ley que define más controles para la emisión de deuda en dólares

Por Redacción

Para pedir un préstamos al FMI habrá que contar con el aval del Congreso de la Nación.

El Gobierno promulgó este miércoles la ley que establece límites y controles a la emisión de deuda en moneda extranjera, entre los cuales se destaca que futuros empréstitos deberán ser aprobados previamente por el Congreso de la Nación.

Con las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán, hoy se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 131/2021 que promulga la Ley de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública, que fue sancionada por la Cámara de Diputados semanas atrás.

La norma fija que las negociaciones en materia de deuda pública con cualquier tipo de financiación internacional deben contar con el aval del Congreso. En efecto, el artículo 1° de la Ley 27.612 explica que el Presupuesto de cada año “deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio”.

“Toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere dicho porcentaje requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente”, determinó.

Mientras que todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo Monetario Internacional (FMI) así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones, también requerirá del aval de los legisladores nacionales.

Tanto la emisión de deuda en moneda extranjera como los programas firmados con el FMI “no podrán tener como destino el financiamiento de gastos primarios corrientes”.

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