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Fuente: Mariano Galíndez (punto biz)

¿Impuesto o servicio?

Inmobiliarias recomiendan que la TGI la paguen a medias inquilino y propietario

Por Redacción

Los corredores formaron una mesa de trabajo con inquilinos, funcionarios y abogados para clarificar los grises de la nueva ley de alquileres

El mercado inmobiliario se sigue acomodando a la nueva ley de alquileres, una flamante  norma que además tiene algunos puntos cuya interpretación genera debate. Y uno de esos puntos no claros era quién debe abonar la Tasa General de Inmuebles (TGI). 

 

“Como Colegio de Corredores Inmobiliarios formamos partes de una mesa de trabajo integrada por representantes de los inquilinos, funcionarios provinciales y locales vinculados a la tematica de los alquileres y abogados para intentar clarificar puntos que en la ley no estaban claros”, le contó a punto biz Andrés Gariboldi, titular del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Rosario (Cocir).

 

 “La ley es clara al señalar que los impuestos que gravan la propiedad deben ser abonados por los titulares del inmueble, como el Inmobiliario (API), mientras que lo que sea el pago de servicios, por ejemplo luz, agua y gas, es una obligación del locatario”, señala Gariboldi. “El tema es que en la TGI hay un componente de servicio (al tratarse de un pago por alumbrado, barrido y limpieza), pero también hay un componente de gravamen impositivo. Y eso se ve claramente en que no pagan lo mismo una propiedad en Bv. Oroño y Córdoba que en Oroño al 5.000”, explica el corredor inmobiliario.

 

“Ante esta situación, la Mesa de Trabajo se dispone a pedirle oficialmente a la Municipalidad de Rosario que desglose cuánto hay de componente de servicios y cuánto de componente impositivo en la TGI. Y mientas la Intendencia se expide, lo que recomendamos es que la TGI se abone 50 y 50 entre el inquilino y el titular de la propiedad”, resaltó Gariboldi.

 

La mesa de trabajo también se refirió a las condiciones de pago del depósito inicial (un mes de alquiler por los 36 meses qsue dura el contrato) que tiene que hacer el locatario. “La sugerencia que hicimos es que se pague entre el cuarto y el sexto mes de alquiler para así flexibilizar el fuerte desembolso inicial que tiene que hacer el inquilino al momento de tomar el inmueble”, contó finalmente el corredor inmobiliario.  


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