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Agro

Compensaciones a la cadena

El gobierno pagará el IVA para sostener el precio de los lácteos

Por Redacción

La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial.

En el marco de la Emergencia Nacional Alimentaria el Gobierno Nacional publicó el Decreto 418/2020 estableciendo un Régimen Especial de Compensación para los comercios con devolución del IVA a productos lácteos.

Según publicó el sitio Bichos de Campo lo que se decidió es crear un fondo para compensar a la cadena comercial que no se haya aplicado el IVA en las ventas de leche luego de que el 1 de enero pasado venciera el plazo fijado por una ley sancionada en el gobierno de Mauricio Macri, que suspendió por algunos meses la aplicación de ese impuesto en algunos alimentos básicos.

El 31 de diciembre, cuando vencía ese plazo y la leche debía encarecerse un 21%, fábricas e hipermercados a pedido del gobierno acordaron mantener los valores de venta al público. Ahora lo que se establecerá es un mecanismo por el cual el Estado reintegrará los montos de IVA no aplicados a las ventas del primer semestre. Se estima una suma total de 3.700 millones de pesos, algo más de 600 millones de pesos, que irá a parar sobre todo a las grandes cadenas de supermercados y los eslabones finales de venta que absorbieron el IVA en este periodo.

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 418/2020, que firmaron el presidente Alberto Fernández y ministros Santiago Cafiero, Matías Kulfas y Martín Guzmán.¿Qué dispone? La creación de “un Régimen Especial de Compensación (…) con el objeto de lograr y mantener la estabilidad de los precios de los alimentos lácteos enumerados en los artículos 558, 559, 559 bis, 559 tris, 560, 560 bis, 560 tris, 562, 564 y 567 del Código Alimentario Nacional”. Según ese documento, esos capítulos corresponden a la leche en todas sus variantes (pasteurizada, ultrapasteurizada, entera, congelada, descremada, UAT, homogeneizada y en polvo).

Estas compensaciones podrían ampliarse a otros productos derivados de la leche. Según el artículo 1 de la norma, la ayuda oficial “se determinará en función de las ventas de tales productos, perfeccionadas a partir del 1° de enero de 2020, inclusive, o de los alimentos lácteos que, en el futuro, determine la Secretaría de Comercio Interior”.

“En atención a la situación económica y social imperante resulta necesario establecer un régimen especial de compensación para quienes efectúen ventas de bienes de primera necesidad, como lo son determinados alimentos lácteos, de modo de generar un efecto favorable en los precios destinados a la población”, argumenta el decreto presidencial, que no da muchas más razones que esas.

En total, se compensarán el IVA de las ventas de leche del primer semestre de 2020, ya que el régimen “resultará aplicable con relación a las ventas que se perfeccionen hasta el 30 de junio de 2020, inclusive”.

El segundo artículo dispone que el régimen de subsidios oficiales “solo será aplicable a la venta” de empresas correctamente inscriptas frente al IVA y dedicadas a alguno de los siguientes rubros: Venta al por menor en hipermercados; supermercados y minimercados de productos lácteos.

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