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Economía

Fuente: Punto biz

DNU Presidencial

Prohíben cortes de servicios públicos: ¿qué incluye y a quién beneficia?

Prohíben cortes de servicios públicos: ¿qué incluye y a quién beneficia?

Por Redacción

La medida regirá durante los próximos seis meses pero no para todo el universo de los usuarios

El presidente de la Nación, Alberto Fernández,  firmó este martes un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que impide el corte de los servicios públicos esenciales por falta de pago, durante un plazo de seis meses. La decisión afecta prestaciones de energía eléctrica, gas residencial, agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable en todas sus formas. Podrán acceder al beneficio los usuarios residenciales de sectores de menores recursos, pequeñas empresas, cooperativas y empresas de salud. 

 

Se trata de una medida inédita porque la disposición incluye tanto a los servicios públicos tradicionales, tales como electricidad, agua, gas y telefonía fija, como a otros que hasta ahora no ingresaron formalmente en esa categoría, tales como telefonía móvil y TV por cable. 

 

Los que siguen son las determinaciones claves del DNU, que quedará formalizado con la inmediata publicación en el boletín oficial: 

 

# Morosidad. Los morosos tendrán un margen de hasta tres facturas consecutivas impagas o intercaladas antes de que las empresas puedan proceder al corte.

 

# Individuos. El beneficio alcanza a beneficiarios de asignación por hijo, pensiones no retributivas, monotributistas del monotributo social, jubilados con ingreso mínimo, trabajadores que cobren el salario mínimo, beneficiarios del seguro de desempleo, electrodependientes, empleados del servicio domésticos y beneficiarios de la tarifa social.

 

# Empresas. Incluye a pymes y microempresas en situación de emergencia, cooperativas de trabajo y empresas recuperadas; a las empresas de salud públicas o privadas y de bien público que  participen de la cadena de alimentos. 

 

# Servicios Prepagos. Los usuarios que cuenten con servicios prepagos de electricidad no estarán obligados a pagar la recarga. Y a aquellos que contrataran planes análogos de telefonía móvil e internet móvil, las empresas deberán garantizarles un mínimo de conectividad.

 

# Cómo se pagará. Las empresas prestadoras quedarán obligadas a generar un plan de pagos especial para saldar las deudas. 

 

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