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Economía

Requisitos y beneficios

Qué hace falta para acceder a la moratoria 2020 de la Afip

Por Redacción

El aplicativo online para adherirse está disponible desde este lunes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) habilitará hoy el formulario online para que los interesados en regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social puedan adherirse a la moratoria a través del servicio con clave fiscal Mis Facilidades de la Afip. 

 

La inscripción al régimen podrá efectuarse hasta el 30 de abril próximo. Monotributistas, profesionales, comerciantes, sociedades y empresas deben obtener el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo. El trámite se hace online en la web de la Afip. Solicitar el documento no modifica la situación fiscal de los contribuyentes, sino que los habilita a acceder a beneficios como la moratoria. Durante los primeros dos meses del año, 155.167 personas jurídicas y humanas obtuvieron el certificado. 

 

"La moratoria ofrece un alivio para la situación de asfixia financiera en la que se encuentran las pymes", expresó la directora de la Afip, Mercedes Marcó del Pont, según un comunicado difundido ayer por el organismo. El plan es una de las herramientas previstas en la ley de solidaridad social y reactivación productiva para atender la situación de las pequeñas empresas, los monotributistas y las entidades sin fines de lucro con deudas acumuladas a lo largo de los últimos años. 

 

Con estímulos para el ingreso temprano al programa, propone que los contribuyentes que se adhieran más rápido cuenten con mayores beneficios: aquellos que se adhieran en febrero y marzo tendrán menores pagos a cuenta y un período de espera más extenso. La diferencia más relevante respecto de los planes anteriores es que la moratoria da plazo hasta mediados de julio para recuperarse y comenzar a pagar a partir de ese momento. 

 

Requisitos y beneficios

• Será posible acceder entre el 17 de febrero y el 30 de abril.

• Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones).

• Condonación parcial de intereses y total de multas.

• Tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.

• Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda.

• Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 así como planes de pago vigentes hasta el 23 de diciembre de 2019 o caducos.

• Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.

• Es necesario contar con el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo. El documento puede obtenerse hasta el 30 de abril.

 

 


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