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Gestión

Por Carlos Contino, socio gerente de CONA RH.

Empleo en vacaciones: oportunidades y desafíos

Por Redacción

Las actividades de turismo y de servicios vinculados se presentan como una gran oportunidad ya que los primeros indicios indican que se está incrementando la actividad. El dólar alto, lo que implica una oportunidad para los que vienen con moneda fuerte, y las dificultades derivadas para vacacionar en el exterior, son parte del cocktail del renovado entusiasmo.

Durante este período, las empresas organizan su cronograma de salida de vacaciones de sus colaboradores y, en la mayoria de los casos, se genera una demanda adicional de personas para cubrir necesidades operativas y administrativas, y también para relevar a quienes gozan de su merecido descanso anual.

Adicionalmente, están los ciclos anuales de mantenimiento preventivo, resultando tambien esto un plus para incrementar transitoriamente sus dotaciones de personal. También se agregan las típicas campañas de marketing y promociones especiales de fiesta y de verano que implica contratar promotoras/res, degustadoras/es, repositores/as y posciones similares.

En síntesis en este período aumenta la demanda de empleo, especialmente del temporario. Tal es así que en Cona Temps los pedidos por reemplazo de vacaciones subieron un 30%, algo que también se traslada a otros sectores como industria como retail y servicios. La actividad hotelera en particular tiene un comportamiento del 20% superior a 2018 hasta el momento. 

En todos estos casos los requerimientos de personal implican procesos de búsqueda y selección más rápidos, y muchas veces sin las exigencias de un empleo permanente, lo cual se traduce en una para el colectivo joven sin o con poca experiencia. 

Las vacaciones de acuerdo con la LCT

Recordamos entonces que el periodo legal parav el otorgamiento de vacaciones al personal en relacion de dependencia determinado por el Art 154 de la LCT es desde el 1ro de Octubre hasta el 30 de Abril

La cantidad de sias de vacaciones a otorgar depende la antioguedad del perdsonal en la empresa a) De catorce (14) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de cinco (5) años.

b) De veintiún (21) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de cinco (5) años no exceda de diez (10).

c) De veintiocho (28) días corridos cuando la antigüedad siendo mayor de diez (10) años no exceda de veinte (20).

d) De treinta y cinco (35) días corridos cuando la antigüedad exceda de veinte (20) años.

Para determinar la extensión de las vacaciones en funcion de su antiguiedad, se computará como tal aquélla que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año que correspondan las mismas.

Otras principales disposiciones disposiciones de la LCT al respecto

La Empresa Deben notificar al personal con no menos de 45 dias de Anticipación

Para tener derechoel trabajador/a a gozar el periodo completo de vacaciones debe tener trabajado como minimo la mitad de los días hábiles comprendidos en el año calendario o aniversario respectivo.

Si su antigüedad fuera menor correspondera 1 dia de vacaciones cada 20 dias trabajados

La licencia comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado.

Para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo.

Se abonan el dia habil anterior a la salida de vacciones

En el caso de personal mensualizado el pago se calcula dividiendo su eldo por 25 y multiplicado por la cantidad de dias de vacaciones.

 

 

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