Fuente: punto biz
Por Redacción
Se fijó un cronograma de montos que se irá reduciendo en forma progresiva respetando las características de los sectores.
Autoridades del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación se reunieron con representantes de empresas y cámaras empresarias con quienes repasaron los detalles de la implementación del sistema de factura de crédito electrónica para los sectores de Industria, Petróleo y Minería.
El encuentro fue encabezado por el secretario de Simplificación Productiva, Pedro Inchauspe; de Minería, Carolina Sánchez; de Emprendedores y PyMEs, Mariano Mayer, y el subsecretario de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores de la Secretaria de Industria, Sergio Drucaroff.
Por el sector privado participaron miembros de empresas vinculadas con agroindustria, alimentos, aceites, bebidas, energía, farmacéuticos, industria metalúrgica, productos químicos, insumos industriales, textiles, lácteos, petróleo, plástico y minería. También estuvieron presentes representantes de UIA, CAEM, COPAL y CIQyP.
Por otra parte, hoy se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 17/2019 de la Secretaría de Simplificación Productiva de la Nación que establece un cronograma de montos mínimos de facturación que se irá reduciendo en forma progresiva, respetando las características y modalidades de los distintos sectores de la economía.
A su vez, la AFIP publicó el nuevo listado de empresas alcanzadas por el régimen. Aquellas que por su facturación 2018 alcanzaron la categoría de “grandes empresas” contarán con plazo hasta el 1º de septiembre para adaptar sus sistemas e incorporarse al régimen.
Con esta herramienta, las PyMEs, además de contar con una opción de financiamiento más accesible, pueden aumentar su productividad mediante el cobro en efectivo de sus facturas, con mejores plazos.
En julio se incorpora construcción y el sector de Transporte y Almacenamiento. En agosto se suman servicios inmobiliarios; enseñanza; salud; servicios sociales, artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento; servicios de asociaciones y personales; y Agropecuario, Mientras que en septiembre ingresan los servicios de alojamiento y comida, profesionales, científicos y técnicos, actividades administrativas, y servicios de apoyo, información y comunicaciones. El cronograma finaliza en octubre con el Comercio mayorista y minorista.
Cómo es el proceso
En todas las operaciones entre una PyME y una gran empresa las Facturas de Crédito Electrónicas son obligatorias; en cambio, entre PyMEs su utilización será optativa.
Una vez que la empresa valide y acepte la Factura, la PyME podrá elegir entre esperar el cobro por parte de la empresa grande o transferirla a una cuenta comitente registrada en la Caja de Valores. La factura conformada podrá ser a partir de ahí negociada tanto en el sector financiero como en el mercado de capitales. A la fecha de vencimiento la firma receptora de la factura transferirá el importe al CBU de la Caja de Valores quien le pagará al inversor que la posea.
La autoridad de aplicación es la Secretaría de Simplificación Productiva del Ministerio de Producción y Trabajo. En el micrositio Factura de Crédito Electrónica se encontrará información detallada sobre el procedimiento www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica.
La AFIP emitirá alertas al domicilio fiscal electrónico de todos los actores involucrados como recordatorios de las acciones y plazos a cumplir.
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