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Fuente: punto biz

Unanimidad en el Senado

El congreso aprobó rebajas de impuestos a tecnológicas

Cámara de Senadores de la Nación

Por Redacción

También incluye a biotecnología, servicios relacionados con electrónica y comunicaciones, centros de exportación de servicios profesionales, investigación y desarrollo, nanotecnología y fabricación bienes 4.0.

El Congreso de la Nación convirtió ayer en Ley el régimen que promueve rebajas fiscales a la Economía del Conocimiento, que incluye a actividades como software, biotecnología, las industrias aeroespacial y satelital, audiovisual, servicios geológicos y de prospección y relacionados con electrónica y comunicaciones, centros de exportación de servicios profesionales, investigación y desarrollo, nanotecnología y nanociencia y la fabricación bienes 4.0.  

 

Con 49 votos a favor y por unanimidad, la Cámara de Senadores le dio sanción definitiva al proyecto que había enviado el Poder Ejecutivo en el mes de marzo. La iniciativa ya había sido aprobada con 182 votos positivos en Diputados. 

 

Con el nuevo régimen, se busca que las 11.000 empresas alcanzadas tengan un marco tributario que les permita competir globalmente, duplicando en 10 años su cantidad de empleados y multiplicando las exportaciones para que alcancen los US$ 15 mil millones en 2030. La propuesta nació del consenso con empresarios, técnicos y legisladores y contó con el apoyo de emprendedores y empresarios del sector.

 

Beneficios de la Ley de Economía del Conocimiento

 

La nueva normativa reduce los costos laborales para el sector, ya que adelanta el Mínimo no Imponible que la reforma tributaria prevé para el 2022. Además, otorga un bono de crédito fiscal transferible equivalente a 1.6 veces las contribuciones que debieran abonarse sobre ese mínimo no imponible. Este beneficio, puede utilizarse para cancelar impuestos nacionales, como IVA o Ganancias. Además, contempla una alícuota reducida del Impuesto a las Ganancias del 15%.

 

Por otro lado, la ley estipula que los exportadores que hayan abonado o se le hayan retenido impuestos similares al Impuesto a las Ganancias en el país destino de la exportación, podrán deducir lo pagado contra el impuesto a las Ganancias, obteniendo un alivio fiscal.

 

También, fomenta la creación de nuevas empresas. A partir de ahora, aquellas empresas con una antigüedad menor a 3 años, y categorizadas como MICRO en el Registro Pyme, pueden ser una actividad elegible acreditando solamente el 70% de su facturación sin necesidad de cumplimentar otros requisitos.

 

Por último, entre otros beneficios, la normativa implica una mayor estabilidad fiscal para sus beneficiarios ya que no podrán ver aumentada su carga tributaria total nacional a partir la inscripción en el Registro y durante toda la vigencia del mismo, incluyendo los derechos de exportación.

 

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