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Economía

En contra del Gobierno

Claves para entender el fallo de la Corte a favor de los jubilados

Por Redacción

Pidió aplicar un índice más beneficioso para pagar las jubilaciones.

Con el voto a favor de Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, y en contra de Carlos Rosenkrantz​ la Corte Suprema de Justicia definió el índice que debe aplicar el Gobierno para actualizar los haberes de los jubilados que ganaron un juicio contra el Estado. 

 

El máximo tribunal argentino se inclinó por apoyar el reclamo de un trabajador retirado que pide la implementación del sistema que existía antes de que se sancionara la denominada Reparación Histórica para ajustar el monto que debe cobrar mensualmente.

 

La sentencia tiene impacto directo e inmediato sobre otros 11.766 jubilados cuyos reclamos estaban en condiciones similares a las de Blanco, por cuanto la ANSeS deberá resolver esos expedientes de acuerdo a los nuevos parámetros. Pero además, sentará jurisprudencia sobre las decenas de miles de juicios que están en trámite en las restantes instancias del Poder Judicial.

 

Anteriormente, para calcular esos aumentos se aplicaba el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic), pero la ANSeS comenzó a utilizar desde hace un tiempo el indicador llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). La causa que llegó hasta la Corte Suprema se inició a partir del reclamo de Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en el 2003 y comenzó una disputa legal con el Estado por la actualización de sus haberes.

 

La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social falló a favor de Blanco y ordenó que se utilice el sistema ISBIC, pero la ANSeS apeló esa decisión y advirtió que está en riesgo la sustentabilidad del organismo previsional. Los camaristas, en tanto, consideraron que usar el RIPTE para este tipo de casos "vulnera la garantía constitucional del derecho adquirido" del jubilado, ya que ese índice comenzó a funcionar mucho después de que se iniciara la denuncia y no se podría implementar de manera retroactiva.

 

Según sostenía el abogado de Blanco, Gabriel Greizerstein, su defendido se vería mucho más favorecido si se aplica el primero de esos métodos para calcular el incremento de sus haberes, ya que cobraría el 59 por ciento de su salario como trabajador activo, mientras que con el otro mecanismo pasaría a recibir el 46 por ciento.

 

LAS CLAVES

 

1. El fallo podría incidir en unos 150 mil casos en todo el país. También podría disparar reclamos para gran parte de los más de 3 millones de jubilados y pensionados que ingresaron al sistema, que sus haberes fueron actualizados por el Ripte.

 

2. Hasta ahora se usaba el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic), pero hace un año la Anses le transfirió a la Corte el conflicto al solicitar que se aplique otro índice, el de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Al aplicar este índice en la mayoría de los casos bajarían los montos que reciben los jubilados. La justificación del Gobierno es que con el índice que reclaman en los juicios se pone en riesgo la sustentabilidad de la Anses. Se estima que el costo inicial para las arcadas del Estado sería de unos $100.000 M.

 

3. La variación del Ripte, entre 1995 a febrero de 2009, se incrementó 178%, mientras que el Isbic fue del 435%. Según estimaciones, un haber jubilatorio que a julio de 2007 era de $1.855 reajustado por Ripte pasa a $2.490, pero si se hace por ISBIC alcanza los $3.435.


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