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Negocios

Fuente: Punto biz

Fallo de la Corte

Punto final en Santa Fe para la ley de cierre dominical de supermercados

Por Redacción

La Justicia rechazó el último intento del gobierno provincial y la Intendencia de Rosario para mantener la restricción sobre la actividad.

La Corte Suprema de Justicia provincial volvió a decirle “no” a la ley de descanso dominical, al rechazar un último planteo para revisar la declaración de inconstitucionalidad de la normativa, que ya había sido resuelta por el mismo cuerpo a fines del año pasado. 


El máximo tribunal santafesino se expidió sobre una ley sancionada por la Legislatura santafesina en 2014, una propuesta que había ganado la escena pública fogoneada por empresarios del negocio mayorista del consumo que tienen a las grandes bocas supermercadistas como rivales, el gremio de empleados de comercio, entidades como la Asociación Empresaria de Rosario y sectores de la Iglesia que tienen al descanso dominical del trabajador como un antiguo dogma. 

 

La Corte provincial notificó este jueves su decisión a los apelantes, la Asociación de Empleados de Comercio de Rosario, el Gobierno de Santa Fe y la Intendencia de Rosario, que sostuvieron la presentación judicial hasta la última instancia. Según el fallo, la Provincia no está facultada para legislar en el régimen de jornada laboral, porque eso está bajo tutela de la Ley Nacional de Contratos de Trabajo.

 

A los promotores del cierre dominical de supermercados sólo les queda abierta la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de la Nación para revertir la medida. De todos modos, este último cuerpo ya se expidió al respecto en abril de 2016 a raíz de un pedido de amparo de la cadena Coto para evitar la restricción. En su momento, el máximo tribunal de la Nación argumentó que la índole del conflicto no ameritaba la intervención de la Justicia nacional.

 

Quienes sostienen la ilegalidad del descanso dominical plantean que las regulaciones sobre regímenes de horario, como cualquier capítulo de las relaciones laborales, corresponden a la jurisdicción nacional, y por ende no pueden ser afectados a nivel local. 

 

Cuando el tema se debatió públicamente tanto en la Legislatura provincial como en la Intendencia de Rosario, se escucharon voces de alerta sobre la inconstitucionalidad de las regulaciones propuestas, y también sobre eventuales resarcimientos a afrontar a partir de un revés judicial, lo cual de ahora en más pasa a ser un gran interrogante.    

 

De cara al futuro, la decisión de la Corte provincial alienta la posibilidad de sostener en la región Rosario un centro comercial y de servicios de puertas abiertas que talle con una oferta plena para el turismo de fin de semana.  
 

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