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Economía

La Afip comenzará a cobrarles IVA

Netflix y Spotify más caros: cuánto saldrá el abono básico

Por Redacción

La suba empezaría a implementarse a partir del mes que viene.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene listas las normas reglamentarias para comenzar a cobrar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las plataformas digitales radicadas en el exterior, como Netflix y Spotify. El extitular del fisco, Alberto Abad, dijo antes de presentar su renuncia, que la normativa se publicará en el transcurso de este mes. 

 

En el caso de Netflix, el precio del abono básico subiría de $ 129 a $ 156, es decir 27 pesos más caro. Por su parte, Spotify, pasaría de $ 103,50 a $ 125.

 

"El decreto ya fue enviado (a la Casa Rosada) y la resolución está lista", dijo Abad. "Para fin de mes, esto va a estar operativo", anticipó el funcionario.
La reforma tributaria que el Congreso votó a fines de 2017 faculta a la AFIP a cobrar IVA a las plataformas de "servicios digitales". Según la ley, pagarán el impuesto a las compras los servicios "prestados por un sujeto residente o domiciliado en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país".
 

Entre los servicios digitales contemplados que se enumeran en la reforma tributaria, se destaca "el acceso y/o la descarga a imágenes, texto, información, video, música, juegos".
 

Y se aclara: "Este apartado comprende, entre otros servicios, la descarga de películas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a Internet, la descarga en línea de juegos, la difusión de música, películas, apuestas o cualquier contenido digital, la obtención de jingles, tonos de móviles y música, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico y pronósticos meteorológicos, weblogs y estadísticas de sitios web".
 

El gran problema de AFIP es cómo cobrarle impuestos a las plataformas domiciliadas en otras partes del mundo que brindan servicios en el país.
 

En la Argentina, el fisco sumará el 21% de IVA a los consumidores. Los emisores de tarjetas de crédito actuarán como agentes de retención: percibirán el impuesto al pagar el servicio y lo girarán a la AFIP.

 

 

 

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