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Economía

Fuente: punto biz

Impuestos salen con rosca

Inmobiliario: el revalúo ya rige en Buenos Aires, ¿qué viene para Santa Fe?

Por Redacción

La Provincia inventó un “coeficiente de convergencia”, aunque el proyecto está pendiente de aprobación en la Legislatura.

Los bonaerenses que tengan una vivienda o terreno no sólo deberán pagar el impuesto inmobiliario -con una suba promedio del 56%- pero además deberán afrontar un incremento de las valuaciones inmobiliarias, además comenzó a aplicarse el revalúo en todos los municipios y los inmuebles pasaron a tener casi la misma cotización fiscal que precio de mercado. Así, muchas propiedades que hasta ahora no pagaban Bienes Personales tendrán que hacerlo, puesto que hasta ahora tomaban valores viejos a a la hora de determinar el patrimonio de los propietarios.

 

¿Qué es lo que se viene en Santa Fe? El proyecto de reforma tributaria que el gobernador Miguel Lifschitz elevó a la Legislatura contempla incrementos del inmobiliario de hasta 75%, fruto de actualizar hasta un 30% la alícuota y sumar un inédito “coeficiente de convergencia”, que en el más gravoso de los casos se extiende al 45%.

 

El coeficiente de convergencia tiene en cuenta la relación existente en cada partida del impuesto entre el valor resultante de aplicar los valores de referencia aprobados por la Junta Central de Valuación del 21 de octubre de 2014, y el valor fiscal vigente.

 

Dos datos de alivio para el contribuyente:

 

1- El proyecto aún no fue aprobado por la Legislatura, por lo cual no afectará los impuestos a pagar en el arranque de un año que ya viene muy salado por incrementos generalizados de tarifas de servicio y tasas. Para tener una idea del impacto de la suba: el Ejecutivo Provincial perderá de recaudar en enero unos $ 200 M.

 

2- Si el coeficiente de convergencia queda firme, obligará a pagar el impuesto con un aumento de hasta hasta el triple que la inflación, pero al evitar revaluar la propiedad e cambio no tendrá impacto sobre el impuesto a los bienes personales que recauda la Afip.   

 

La letra chica de las subas

 

Para el Inmobiliario Urbano, el proyecto de reforma tributaria incrementa el impuesto de acuerdo a rangos:

 

- 25 % para los rangos 1 a 3.

 

- 28 % para los rangos 4 y 5

 

- 30 % para los rangos 6 a 8.

 

Además, habrá que sumar el flamante coeficiente de convergencia.

 

- 0 % para partidas que tengan un valor fiscal hasta 40 veces inferior del precio básico del inmueble aprobado por la Junta de Central de Valuación.

 

- 20% cuando dicha relación sea igual o superior a 40 e inferior a 50 veces.

 

- 30% cuando la relación se igual o superior a 50 e inferior a 100 veces.

 

- 40% cuando la relación sea igual o superior a 100 e inferior a 500.

 

- 45% cuando la relación sea igual o superior a 500 veces.


 

Para el inmobiliario rural, los incrementos serán:

 

- 25 % para las categorías 1 a 3 (equivale  a un 75% de las partidas).

 

- 30 % para las categorías 4 a 11.

 

Además, habrá que sumar el flamante coeficiente de convergencia.

 

- 0 % para partidas que tengan un valor fiscal hasta 25 veces inferior del precio básico del inmueble aprobado por la Junta de Central de Valuación.

 

- 25 % cuando la relación sea entre 25 y 30 veces.

 

- 35 % cuando la relación sea entre 30 y 35 veces.

 

- 40 % cuando la relación sea mayor a 35 veces.

 

El proyecto prevé una compensación para los contribuyentes que posean más de 300 hectáreas, que fueron especialmente afectados por la reforma tributaria que dispuso el gobierno de Antonio Bonfatti en 2014. Reducirá un adicional del 80% al 60 % para el ejercicio 2018 a aquellos contribuyentes cuya valuación fiscal supere los $...

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