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Ahora define el Ejecutivo

Vuelven los feriados puente: qué findes podrían ser XL en 2018

Por Redacción

El Gobierno promulgó la ley que da al Poder Ejecutivo la facultad de establecer feriados adicionales.

El Gobierno nacional promulgó la ley 27.399 de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana largos, votada el mes pasado por el Congreso, que habilita al Poder Ejecutivo a establecer tres feriados puente al año.

 

La decisión fue comunicada en el Boletín Oficial con la publicación del decreto 831/2017, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña; y del ministro del Interior, Rogelio Frigerio.

 

"El Poder Ejecutivo nacional podrá (...) fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes", indica el artículo 7 de la ley.

 

En ese sentido, establece que "el Poder Ejecutivo nacional deberá establecerlos con una antelación de 50 días a la finalización del año calendario". "Los días que resulten feriados por aplicación de los artículos precedentes, gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales", expresa el artículo 8.

 

Los feriados puente habían sido establecidos durante la administración kirchnerista mediante una ley presentada en el Congreso en septiembre de 2010, pero el actual gobierno los había eliminado con el argumento de que perjudicaba la actividad productiva.

 

Si el Poder Ejecutivo Nacional hiciera uso de la posibilidad que le da la nueva Ley de establecer hasta tres feriados adicionales para lunes o viernes podría generar tres nuevos fines de semana largos. Otra opción es que el Ejecutivo establezca fines de semana extralargos al establecer esos nuevos feriados de lunes o viernes en días previos o posteriores a feriados que caen martes o jueves.

 

Para 2018, entonces, las opciones de feriados extralargos serían dos:

 

- Si se declarara feriado el lunes 30 de abril se formaría un fin de semana extralargo con el martes 1 de mayo.

 

- Si se declarara feriado el lunes 24 de diciembre se formaría un fin de semana extralargo con el martes 25 de diciembre.

 

La norma promulgada fija como feriados inamovibles de 2018:

 

- el 1° de enero (Año Nuevo)

 

- lunes y martes de Carnaval

 

- 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)

 

- Viernes Santo; 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)

 

- 1° de mayo (Día del Trabajo)

 

- 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)

 

- 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)

 

- 9 de julio (Día de la Independencia)

 

- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)

 

- 25 de diciembre (Navidad).

 

Establece como feriados nacionales trasladables:

 

- 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes)

 

- 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín)

 

- 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural)

 

- 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).

 

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