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Economía

Los alcances

Usuarios afectados por la pandemia con deudas de la EPE tienen beneficios

Por Redacción

La Empresa Provincial ya estableció el esquema para clientes de diferentes ramas contemplados en un decreto nacional.

Los sectores que se vieron sensiblemente perjudicados por la falta de ingresos a raíz de las medidas de aislamiento aplicadas por la emergencia sanitaria pueden cancelar deudas sin recargos y acceder a convenios especiales para financiar la deuda, según comunicó en las últimas horas la Empresa Provincial de la Energía (EPE).

El anuncio de la EPE se enmarca dentro de la medida que determinó el gobierno nacional a través del decreto Nº 311/20 mediante el que estableció diferentes medidas y alcance para paliar la situación en determinados segmentos de usuarios de diferentes servicios esenciales (energía eléctrica, agua potable, gas natural).

En ese orden, el Ejecutivo provincial adhirió a dichas medidas con el Decreto Provincial N° 283/20, y a través del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, implementó beneficios para el consumo de energía eléctrica de sectores de la Industria, el Comercio y prestadores de servicios, entre otros, que se vieron afectados por los efectos de la pandemia.

Es por eso que la EPE decidió establecer un esquema de beneficios con cooperativas, empresas recuperadas por sus empleados; clubes, vecinales; gimnasios; canchas de fútbol 5, paddle y tenis; instituciones de salud públicas y privadas; transportes escolares, jardines maternales; agencias de turismo; salas de cine, entre otras.

Liquidaciones a valor original

Las liquidaciones de energía que se encuentren impagas y cuyo vencimiento haya operado a partir del 25 de marzo de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2021, se considerarán a su valor original, sin recargos por mora ni actualización de capital.

Convenios de pago especiales

Los Usuarios que opten por financiar la deuda acumulada podrán acceder a convenios de pago especiales y regularizar la deuda acumulada hasta en 60 cuotas mensuales sin intereses.

Para acceder a los beneficios señalados, los usuarios deberán demostrar en forma fehaciente su actividad mediante la constancia de inscripción de Afip que lo acredite.

No obstante, para las liquidaciones impagas cuyo vencimiento operaron con anterioridad del 25 de marzo de 2020 y con posterioridad al 30 de noviembre de 2021, se considerarán las tasas de actualización por mora y los convenios de pago vigentes en la EPE.

 

Gobierno de Santa Fe _ Epe ... by Matías Petisce

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