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Agro

Prohibición

La campaña 21/22 le dirá "chau" a un conocido insecticida

Por Redacción

El Senasa ya tiene estipulado impedir la importación de insumos formulados con un elemento que ya está prohibido en otros países.

Las autoridades del Senasa tienen en agenda la prohibición del insecticida formulado a base de Clorpirifós etil y Clorpirifós metil a partir de la campaña 2022/23.

Ya está listo el proyecto para prohibir, ni bien se publique la resolución, la importación de principios activos y productos fitosanitarios formulados a base de Clorpirifós.

En un plazo de 90 días posterior a la entrada en vigencia de la resolución se prohibirá también la elaboración y el fraccionamiento de productos que contengan el principio activo en todo el territorio nacional.

Finalmente, en un plazo de 365 días de la entrada en vigencia de la norma se prohibirán la comercialización y el uso del producto, además de producirse la baja automática de los registros de principios activos y formulados a base de Clorpirifós. Eso implica que la campaña productiva en curso (2021/22) será la última la cual pueda emplearse el insecticida.

Adicionalmente, luego de 120 días de vigencia de la resolución del Senasa, se fijará un Limite Máximo de Residuos de 0,01 mg/kg de Clorpirifós etil y de Clorpirifós metil en todos los productos y subproductos agropecuarios que se importen o produzcan localmente para el consumo interno.

En los fundamentos de la medida se indica que “como resultado de la revisión de antecedentes del Clorpirifós por distintas agencias regulatorias del mundo, los Límites Máximos de Residuos (LMR) establecidos para esta sustancia por los principales países importadores de productos argentinos son incompatibles con las prácticas de protección de cultivos registradas en Argentina para esta sustancia activa, lo cual impide el acceso de numerosos productos de origen vegetal a numerosos mercados, o resta competitividad comercial a nuestras exportaciones”.

Vale recordar que en 2020 el Unión Europea prohibió la comercialización y uso del Clorpirifós en su territorio y determinó un LMR de 0,01 mg/kg del insecticida, lo que equivale a restringir el ingreso que cualquier producto que tenga un mínimo rastro del mismo.

Existen a la fecha en la Argentina 20 registraciones habilitantes de Clorpirifós etil como principio activo y otras 154 como producto formulado, mientras que en el caso del metil existe una registración para el principio activo y otra para el formulado. (ver aquí listado completo). El producto está catalogado como “clase II” por el Senasa (moderadamente tóxico).

El Senasa abrió una consulta pública para recabar opiniones no vinculantes sobre el tema, que estará vigente hasta el próximo 26 de mayo. Para participar enviar las opiniones fundamentadas a consultapublica416@senasa.gob.ar

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