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Economía

Se promulgó la ley

Es oficial: cambian las exenciones de Ganancias para el ejercicio 2021

Por Redacción

El EJecutivo publicó en el Boletín Oficial las modificaciones sobre Ganancias y Bienes Personales que están expresadas en la ley que aprobó el Congreso en Julio.

Con un decreto que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial el gobierno nacional expuso los cambios vigentes en la nueva Ley del Impuesto a las Ganancias aprobada en julio por el Congreso. El objetivo es fomentar la inversión en moneda nacional a partir de incentivos tributarios. 

La normativa establece la exención de Ganancias de los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste (como los plazos fijos UVA) y todo rendimiento producto de "la colocación de capital en los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo".

Con relación al nuevo Impuesto Sobre los Bienes Personales, también incorpora a la exención:
-Las cuotapartes de fondos comunes de inversión (FCI)
-"Los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores, y cuyo activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, en un porcentaje a determinar por la reglamentación".

Se aclara que dicho beneficio es aplicable "siempre que el activo subyacente principal esté integrado por los siguientes depósitos y bienes exentos: títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos; depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en el país, a plazo fijo o en caja de ahorro. Lla reglamentación definirá qué porcentaje mínimo deberán representar las inversiones del activo total de los FCI.  

En ese sentido, se advierte que "no se tendrá por cumplido" el porcentaje que se definirá en la reglamentación si "se produjera una modificación en la composición de los depósitos y bienes que los disminuyera por debajo de ese porcentaje, durante un período continuo o discontinuo de, como mínimo, 30 días en un año calendario o el equivalente a la proporción de días considerando el momento de ingreso al patrimonio de las cuotapartes o certificados de participación o valores representativos de deuda fiduciaria hasta el 31 de diciembre".

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