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Actualidad

Fuente: punto biz

Proyecto de concejales opositores

Quieren reformar exigencias para los bares culturales

Por Redacción

Durante el último tiempo son los que sufren la mayor cantidad de clausuras. Qué se propone para encuadrarlos.

El proyecto que un conjunto de concejales opositores presentó para modificar la ordenanza de espectáculos públicos no sólo alcanza a los boliches, sino también a los denominados “bares culturales”, que en el último tiempo pusieron el grito en el cielo por sucesivas clausuras municipales. ¿Cuál es la propuesta?

 

La actual ordenanza 7218 no es clara respecto a los locales con difusión musical y/o espectáculos en vivo, pero sin actividad bailable. Es más, por esa falta de clarificación normativa, muchos bares culturales fueon en las últimas semanas clausurados de manera temporaria; sanciones que sus dueños también vincularon a cierta persecución política del socialismo ya que no se adaptaban a la "agenda y a los actores de la cultural oficial". La propuesta del bloque opositor conformado por Osvaldo Miatello (PJ), Diego Giuliano (Rosario Federal), Roy López Molina (Unión Pro) y Jorge Boasso (UCR) consiste en habilitarlos bajo la nueva figura de “bar cultural”, que se dividirá en dos.

 

Por un lado estarán los locales no bailables, que deberán reunir los siguientes requisitos: no contar con espacio libre para pista de baile; deberán estar insonorizados; deberán permitir la perfecta visualización desde el interior al exterior y viceversa; no podrán cobrar entrada para su ingreso; los horarios en que se desarrollarán sus actividades anexas a la principal, serán: Lunes a Miércoles y Domingo 22.00 a 02.00; Jueves de 22 a 03; Viernes, Sábados y vísperas de feriados de 22.00 a 04:30.

 

Por el otro estarán los bares – restaurantes culturales, que tendrán que realizar en forma permanente y continua manifestaciones culturales diversas; las actividades culturales deberán ser como mínimo 8 mensuales; podrán funcionar para el desarrollo de la actividad, los días: Lunes a Jueves desde las 09:00 hasta la 01:00; Viernes a Domingos y vísperas de feriado desde las 9:00 hasta las 02:00; no se permitirá el baile por parte del público asistente excepto aquel relacionado con las actividades culturales o artísticas autorizadas.

 

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