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Economía

En relación de dependencia

Cómo los empleados pueden recuperar el 35% por la compra de dólares

Por Redacción

Afip habilitó el trámite online para trabajadores en blanco y jubilados para la devolución que también rige para compras afuera con tarjeta.

Hay novedades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). Los empleados en relación de dependencia y los jubilados podrán solicitarle a la repartición oficial la devolución del 35% de retención por la compra de dólar ahorro, pagos de consumos con tarjetas de crédito en moneda extranjera, y contrataciones de servicios en el exterior a través de agencias de turismo. La medida rige desde esta semana

 

El organismo habilitó dentro del servicio Siradig Trabajador una nueva opción a partir de la cual las personas que sean alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias pueden deducir todos estos gastos.

 

Para hacerlo, los interesados deberán enviar toda la información correspondiente a su empleador al momento de completar el formulario 572, utilizado para las deducciones de este gravamen, para que luego la Afip evalúe cada caso.


 

Cómo proceder

 

Puntualmente, el contribuyente tiene que ir a la sección “Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta”, después elegir la opción “Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020” y ahí seleccionar los montos percibidos oportunamente.

 

En tanto, aquellas operaciones que se hayan realizado en lo que va de 2021, si bien los empleados deben informarlas mensualmente a través del mismo formulario web 572, recién se podrán computar en la liquidación anual o final.

 

Si la persona en cuestión no está alcanzada por el Impuesto a las Ganancias ni por el de Bienes Personales deberá tramitar este reintegro directamente con la AFIP. En este caso, los sujetos deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), un Domicilio Fiscal Electrónico y una “Clave Fiscal”, obtenida de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 3.713. Además, tendrán que informar el CBU de la cuenta bancaria propia, donde se depositará el saldo a favor.

 

Pasos para solicitar la devolución para aquellos que no paguen Ganancias

 

1) Ingresar con “Clave Fiscal” al servicio “Mis Aplicaciones Web”

 

2) Seleccionar la opción “Nuevo” que se encuentra en el margen superior izquierdo. Como consecuencia se abrirá una nueva pantalla donde se tiene que seleccionar nombre y los siguientes campos:

 

* Organismo: AFIP

 

* Formulario: F746/A - Devoluciones y transferencias

 

* Período Fiscal: indicar el período por el cual se solicita la devolución, con el formato AAAAMM.

 

Finalmente, seleccionar “Aceptar”

 

3) A continuación el sistema mostrará el detalle de percepciones registradas en “Mis Retenciones” para ese período. Se debe tildar cuáles son las que se quiere tramitar en devolución.

 

Por otra parte, si el contribuyente detecta que tuvo percepciones no informadas, el sistema permitirá incorporarlas manualmente, a partir del mes subsiguiente a la fecha en que fueron practicadas (por ejemplo, último día del período correspondiente al extracto bancario, fecha de emisión del resumen y/o liquidación de la tarjeta, fecha del comprobante, factura y/o documento equivalente).

 

En este caso, se podrán ingresar seleccionando “AGREGAR PERCEPCIÓN” y para realizar la carga se tiene que informar:

 

* Origen

 

* Tarjeta

 

* Fecha de Pago del resumen y/o liquidación/ Fecha de débito

 

* Monto de la percepción.

 

Una vez que se haya realizado la carga completa de datos, seleccionar el botón GRABAR, que se encuentra en el margen superior de la pantalla. Para finalizar la carga, presionar el botón PRESENTAR. El sistema preguntará si se confirma la presentación, y luego informará que la presentación ya fue realizada.

 

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