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Economía

Mayor oferta de marcas

Los cambios que habrá en los súper tras la reglamentación de la Ley de Góndolas

La letra chica del esquema salió publicada en el Boletín Oficial.

Por Redacción

La letra chica del esquema salió publicada en el Boletín Oficial. Hay exigencias para las tiendas físicas y la venta online.

A través del  decreto 991/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno nacional reglamentó la Ley de Góndolas que tiene como objetivo la promoción de una mayor oferta de artículos en los supermercados tanto en los anaqueles físicos como en la venta online: EL plan e s que tengan la misma participación emprendedores y arcas chicas, frente a las grandes alimenticias.

Las claves de la reglamentación

-La Secretaría de Comercio Interior deberá elaborar un listado actualizado con la totalidad de los productos alcanzados por la ley, 

-La Secretaría también dispondrá los requisitos de señalización de los congeladores exclusivos o los exhibidores patrocinados para que estén claramente identificados y diferenciados de las góndolas o locaciones virtuales.

-El esquema establece un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor.

-Exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios; que las micro y pequeñas empresas cuenten al menos un 25% del espacio de venta por cada categoría de productos; y que las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular tengan al menos un 5% de espacio.

-Productos que se comercialicen bajo un programa acordado con el Estado, como por ejemplo Precios Cuidados, tendrán criterios específicos de exhibición que deberá elaborar la Secretaría de Comercio Interior.

-La ley otorga un máximo de 60 días para que los grandes supermercados abonen a las micro y pequeñas empresas y de 40 días cuando se trate de emprendimiento de la economía campesina, agricultura familiar, cooperativas y mutuales.

-Para garantizar la promoción de productos regionales, Comercio fijará las condiciones de contratación, distribución y comercialización de estos bienes entre los supermercados, hipermercados, autoservicios, cadenas minoristas, tiendas y centros de compras que facturen por encima de los límites de las MiPyMEs, cifra que hoy es de $2.602,5 millones anuales.

-Los artículos PyMES estarán exhibidos con la leyenda “Compre Mipyme” destacado en las góndolas, según establece el art. 10 de la Ley, para productos nacionales de micro y pequeñas empresas, agricultura familiar, campesina, cooperativas y mutuales.

-La Secretaría tendrá bajo su órbita la creación de un Reglamento de Inspecciones que contemplará un registro de colaboradores “ad honorem”, para que los integrantes de la cadena y las asociaciones de consumidores cooperen en un control transparente de la Ley. 

-Los consumidores dispondrán de un enlace virtual de fácil acceso para denunciar infracciones a la Ley de Góndolas.

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