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Economía

Fuente: punto biz

Lo explica un especialista

Cómo impacta el nuevo Código Civil en barrios cerrados y Puerto Norte

Por Redacción

A partir del primero de agosto todos los countries, clubes de campo y barrios cerrados deberán organizarse bajo el régimen de propiedad horizontal (ph), lo que en la práctica se traduce en mayores atribuciones a los propietarios y en una descarga impositiva a mediano plazo. También habrá beneficios en construcciones como las de Puerto Norte.

 

Este miércoles y jueves se llevó adelante en el Ros Tower el seminario "El Código Civil y Comercial, su trascendencia en el Catastro y la Agrimensura", organizado por la Federación Argentina de Agrimensores (Fada), el Consejo Federal de Catastro, el Comité Permanente para el ejercicio de la Agrimensura (Copea) y la Comisión Nacional de Estudiantes de Agrimensura (Conapea). Del mismo participaron destacados agrimensores, juristas y representantes inmobiliarios y catastrales.

 

Entre ellos estuvo el ingeniero geólogo Norberto Frickx, quien adelantó a Punto biz algunas de las principales implicancias sobre la propiedad que tiene el nuevo Código Civil que entrará en vigencia el próximo 1º de agosto. El mismo regula los llamados clubes de campo, barrios cerrados o privados, parques industriales, empresariales o náuticos, o cualquier otro emprendimiento urbanístico independientemente del destino de vivienda permanente o temporaria, laboral, comercial o empresarial que tenga. También quedan comprendidos en la regulación aquellos que tengan usos mixtos, así como los condominios, los “tiempos compartidos” y hasta los cementerios privados.

 

“Todos los barrios cerrados que estén organizados bajo otro sistema tendrán que migrar. Por caso, Aldea, tendrá que hacerlo”, adelantó Frickx, y agregó que no se lo correrá con ningún plazo ni penalidad si no lo hace, pero sí se brindará algunas ventajas a quienes se adecúen a la nueva normativa. “Es cierto que algunos costos iniciales va haber, pero hay que destacar que a diferencia de algunos tipos de sociedades organizadas, los consorcios no pagan impuestos, lo que se traduce luego en una descarga mensual consecutiva beneficiosa”, explicó.

 

Por otro lado, el especialista destacó la importancia práctica que esto conlleva. “Implicaría considerar que ya no se trata de regular sólo la casa, sino todo el espacio donde uno edifica su chalet, lo que es propiedad exclusiva”, dijo.

 

Como la propiedad horizontal es uno de los derechos reales regulados por el nuevo código, se otorga a la asamblea de propietarios mayores atribuciones: se reduce la mayoría exigida para la autoconvocatoria de la asamblea, se limita a dos tercios la mayoría necesaria para modificar el reglamento de propiedad horizontal y expresamente se establece que el secretario de actas sea un propietario.

 

“En el ph era muy problemático el tema de las expensas, pero como ahora se pasa a considerar al consorcio como persona jurídica, es el primero en cobrar en caso de falta de pago, lo que asegura la supervivencia del sistema. También se incorporan al régimen los juicios ejecutivos”, explicó Frickx.

 

¿Qué cambios traerá a sectores como Puerto Norte? “Allí ya rige el régimen ph, pero al haber no sólo viviendas sino también oficinas, comercios y guardería náutica, ahora todas estas dependencias pasan a estar regularizadas bajo el régimen ph. El beneficio vendrá por el lado de que se podrán hacer subconsorcios, con administraciones independientes una de otra y que atienda sus propias necesidades, más allá de que siga existiendo la figura del consorcio general que representa a todo el complejo”, respondió.

 

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