Fuente: Punto Biz
Por Redacción
La Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón a la AFIP al ratificar la constitucionalidad de la eliminación del Registro de Despachantes de aquellos que presenten irregularidades investigadas y acreditadas en sumarios administrativos
El Máximo Tribunal de Justicia de la Nación revocó la sentencia que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal dictó sobre el fallo “RUGGERI, Héctor Horacio c/EN – M° de Economía y Producción Resol. 818/06 y Otro s/Proceso de Conocimiento”.
Según esta sala, la eliminación perpetua del registro equivale a una inhabilitación indeterminada en el ejercicio de la profesión, lo que constituía una sanción inconstitucional.
Contrariamente a esta argumentación y siguiendo los lineamientos del recurso interpuesto por la AFIP, la Corte Suprema revocó dicho decisorio ratificando el apego constitucional de la norma.
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