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Punto Biz

Por pedido de la Assal

Prohíben la venta en todo el país de un suplemento dietario muy consumido

Por Redacción

La muestra analizada “resultó no conforme a lo establecido en el capítulo V del Código Alimentario Argentino.

Por pedido de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe advierte a los ciudadanos que se abstengan de comprar o consumir un suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji, marca “Súper Goji”, elaborado por TSA, cuya comercialización en todo el territorio nacional fue prohibida recientemente por el Ministerio de Salud provincial. Éste se promociona a través de publicidades engañosas en internet, atribuyéndole falsas bondades terapéuticas, como otros productos alimenticios rotulados como suplementos dietarios sobre los que la agencia santafesina también emitió alertas.

 

La prohibición de comercializar el mencionado elemento fue adoptada por la orden 10 de Assal, teniendo en cuenta el informe del laboratorio que concluyó que, en cuanto a rotulación, la muestra analizada “resultó no conforme a lo establecido en el capítulo V del Código Alimentario Argentino, con motivo de que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) en el rótulo es inexistente y que no declara además determinada información que es obligatoria”.

 

En paralelo, la Assal mediante las órdenes 01/16 y 04/16 estableció alertas de productos alimenticios rotulados como suplementos dietarios. En ellas, al igual que en el caso mencionado, se verifica que se comercializan ingredientes y/o hierbas no autorizadas. Incluso, en el caso del producto alimenticio “Suplemento Vitamínico con Guaraná”, marca Focus X, la razón social involucrada es TSA, la misma que en el producto “Súper Goji”.

 

Por su parte, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) advirtió respecto de la "Fórmula Avanzada Goji Berry, Goji Life”, cápsulas origen USA, dado que se trata de un producto que no se encuentra registrado. Asimismo, alertó que el fruto de goji no está contemplado en el Código Alimentario Argentino ni en la Disposición Anmat 1637/2001, que regula el listado de hierbas y otros materiales de origen vegetal que podrán utilizarse como ingredientes en la composición de suplementos dietarios.

 

Es por ello que la Defensoría del Pueblo insta a los ciudadanos a consultar a su médico antes de consumir cualquier suplemento dietario y a adquirirlo éstos en sitios reconocidos. También aconseja verificar que cuenten con el registro sanitario correspondiente, que garantiza la seguridad del producto.

 

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