• Dólar Banco Nación $892.50
  • Contado con liqui $1054.07
  • Dólar MEP $1015.54
  • Dólar Turista $1428.00
  • Dólar Libre $1035.00
  • Dólar Banco Nación $892.50
  • Contado con liqui $1054.07
  • Dólar MEP $1015.54
  • Dólar Turista $1428.00
  • Dólar Libre $1035.00

Economía

Nuevos topes

Ganancias: quiénes deberán presentar las declaraciones juradas

Por Redacción

La Afip cambió los límites de ingresos anuales para cumplir con el trámite administrativo.

La Afip subió el límite para las declaraciones juradas informativas y menos trabajadores deberán completar el formulario 572 sobre Bienes Personales y Ganancias.

 

Los nuevos topes fijados a comienzos de marzo, a partir de los cuales se deberán realizar declaraciones juradas informativas, no sólo regirán para 2017 sino también para el ejercicio del año pasado.

 

La Resolución 4003 de la Afip estableció que quienes tuvieran ingresos anuales brutos por 500.000 pesos debían presentar las declaraciones juradas informativas de ambos impuestos. Antes de esta resolución, estaban alcanzados aquellos individuos con ingresos brutos anuales de $200.000, en el caso de Bienes Personales, y por $300.000 por Ganancias.

 

De esta manera, se achicaría en un 60% la cantidad de empleados en relación de dependencia y jubilados alcanzados por la medida (pasaría de 120.000 a sólo 47.000 personas)..

 

¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?

 

–Impuesto a las Ganancias:

 

Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000 por el desempeño de cargos públicos, trabajo en relación de dependencia y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto.

 

Declaración jurada determinativa del impuesto: quienes se encuentren inscriptos en el respectivo gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal y aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso. Igual obligación rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas.

 

Además deberán informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha. El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas.

 

–Impuesto sobre los Bienes Personales:

 

Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000.

 

Declaración jurada determinativa: quienes estén inscriptos en el impuesto y aquellos ciudadanos cuyos bienes superen:

 

Para el período 2016 $ 800.000

 

Para el período 2017 $ 950.000

 

Para el período 2018 $1.050.000

 

LEA MÁS:

 

La AFIP extendió el plazo para presentar las deducciones de Ganancias

 

El 31 de marzo vence el plazo para que asalariados presenten a la AFIP las deducciones de Ganancias

 

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES.

Si querés ser protagonista de los Negocios necesitás información.
Si estás acá es porque necesitás esta información.

SUSCRIBITE

Por asesoramiento personalizado o consulta de Planes Corporativos escribinos a suscripcion@puntobiz.com.ar. Whatsapp al 3415034363.

Más info

Lo que tenés que saber de Economía

Las más leidas

Además

La sesión de tu cuenta se cerro por exceso de usuarios.

¿Querés recibir notificaciones de alertas?