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Economía

Cómo actuar ante irregularidades

Tarjetas de crédito: 5 claves para evitar abusos

Por Redacción

Qué hacer cuando llegan cargos indebidos, impugnación del resumen, promociones o tarjetas no solicitadas.

En la práctica, se dan algunas situaciones que generan perjuicios a las personas que sacaron tarjetas de crédito o que, simplemente, les llegó por debajo de la puerta de su casa. Ante estos casos, el suplemento de Clarín Entre Mujeres elaboró cinco claves para utilizar como herramientas para intentar evitar abusos o, por lo menos, que no te perjudiquen tanto.

1 - Cargos indebidos. A veces los bancos y/o financieras no envían las cartas informando aumentos en cargos y otras veces no avisan de algunos costos, como seguros que quieren comenzar a implementar. El nuevo Código Civil y Comercial dice que “ninguna suma puede ser exigida al consumidor si no se encuentra expresamente prevista en el contrato”. Esta regla reafirma que está prohibido cobrar seguros o cargos que no están estipulados en el contrato que se firmó oportunamente o que no fueron autorizados. Si no fueron pactados, las entidades no podrán cobrarlos.

2 - Impugnación del resumen. Los bancos y/o las entidades financieras tienen la obligación de enviar todos los meses el resumen. Cuando el cliente recibe su resumen de la tarjeta de crédito y tiene un cargo o concepto con el que no está de acuerdo puede presentar, dentro de los 30 días, una nota impugnándolo por no estar pactado y, en caso de haberlo abonado, solicitar que se le reintegre lo pagado en exceso. Hay situaciones en las que aparecen cargos por compras no realizadas (ya sea porque alguien utilizó nuestros datos o porque se arrepintió en una compra por Internet). En estos casos, también hay que hacer la impugnación al resumen. El Código Civil y Comercial de la Nación regula esta situación en los artículos 1073 al 1075 y dice que “un contratante puede oponer las excepciones de incumplimiento total, parcial o defectuoso, aún frente a la inejecución de obligaciones ajenas a su contrato”. A partir de esta inclusión, la tarjeta de crédito, por ejemplo, no podría decir que no tiene ninguna relación con el contrato de compra financiada que se realizó en la compañía de celular que no tuvo un buen final.

3 - Intereses. Los intereses que cobran las tarjetas de créditos son los compensatorios por financiar la compra o los intereses punitorios que se generan cuando la persona no paga el mínimo de la tarjeta. Estos intereses tienen límites máximos estipulados por la ley de tarjetas de crédito, como en el caso del interés punitorio, que es el 50% del monto de los intereses compensatorios.

4 - Promociones. Las promociones que realizan los bancos a través de las compras financiadas con las tarjetas de crédito deben ser cumplidas en la forma publicitada. En caso de no acreditarte los puntos o el dinero en el tiempo que te dijeron se puede iniciar el reclamo más los daños y perjuicios que la situación te provocó.

5 - Tarjetas no solicitadas. Hay casos en los que la persona no solicitó la tarjeta de crédito pero le llegó por correo y se la entregaron en un supermercado sin firmar nada. Si esa tarjeta no es activada ni se firmó el contrato correspondiente, no puede generar ningún tipo de cargo de envío de resumen, renovación automática y, mucho menos, sufrir cartas de intimación y/o la incorporación de sus datos en bases de datos crediticias o como deudor en el Banco Central de la República Argentina. 

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