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Economía

Fuente: punto biz

Cerró la paritaria del servicio doméstico

Cuánto habrá que pagar al servicio doméstico desde ahora

Cuánto habrá que pagar al servicio doméstico desde ahora

Por Redacción

Para 2015, se acordó una suba en dos veces para el salario mínimo del servicio doméstico. El nuevo acuerdo fija los valores por cada categoría de 2015, tanto para el mes completo como por hora.

A partir de este año, el salario del personal de casas particulares se acuerda en una negociación paritaria (antes lo fijaba el Ministerio de Trabajo). Desde el 1º de septiembre de 2015 rige un aumento del 21% en los sueldos mínimos de las empleadas domésticas. Se sumará otro 7% desde el 1 de diciembre. Completa una suba del 28% en el año. 

 

El nuevo acuerdo fija los valores de los sueldos mínimos por cada categoría de 2015, tanto para el mes completo como por hora. Los valores para las categorías más comunes son: 

  • Categoría 5 – Tareas Generales (Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar). Con retiro: sueldo mensual $5.065 (con el sueldo de septiembre 2015) y $5.368 (con el sueldo de diciembre). Por hora: $40 y $43. Cama adentro: desde septiembre 2015 $5.632 por mes ($44 la hora), en diciembre $5.958 ($46). 
  • Categoría 4 – Asistencia y Cuidado de Personas (Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores). Con retiro: septiembre 2015 $5.632 ($44 la hora), en diciembre $5.948 ($46). Cama adentro: septiembre 2015 $6.277 por mes ($49 la hora), desde diciembre $6.640 ($52). 

 

El convenio colectivo no establece un porcentaje de aumento de sueldo para todas las empleadas domésticas, sino que fija sueldos mínimos, que sí o sí hay que cumplir. Esto quiere decir que si una trabajadora estaba cobrando más que estos valores no necesariamente tendrá un incremento de sueldo en el mismo porcentaje que los valores mínimos. 

 

Para 2015, se acordó una suba en dos veces para el servicio doméstico: a partir de septiembre de 2015 (el pago vence los primeros días de octubre) las remuneraciones mínimas suben un 21%, y desde diciembre (se paga en enero de 2016) se incrementan un 7% no acumulativo. Estos porcentajes están calculados respecto a los valores que regían anteriormente (el último aumento había sido en enero de 2015). Para el aguinaldo, que se paga antes del 30 de diciembre, ya hay que considerar el aumento de fin de año. 

 

Según la interpretación de contadores especialistas en temas laborales, abogados del sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo, los montos corresponden a 48 horas semanales, u 8 horas diarias por 6 días (máximo que fija la nueva ley de Empleados de Casas Particulares), pero, en caso de que los empleados trabajen menos, se puede tomar como trabajo a tiempo parcial (y sacar un proporcional). El tiempo parcial solo correspondería si es por menos de 2/3 del tiempo (esto dice la Ley de Contrato de Trabajo), es decir 32 horas semanales. Entonces, para menos de 32 horas semanales, se saca una proporción del valor mensual (que corresponde a 48 horas) y entre 32 y 48 horas semanales, se debe tomar el monto total por categoría y pagar el valor completo. El tema de cuándo es pago por hora no está claro para nadie, depende de la forma de trabajo. Por ejemplo, si la empleada va un par de veces por semana, se pagará por hora o por día, si no, por mes. 

 

Los valores vigentes para el pago de aportes a la AFIP y la obra social son los mismos desde el período septiembre 2014. Además, a partir de noviembre de 2014 es obligatorio contar con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y pagar la cuota mensual, que oscila entre $130 y $ 230 por mes.

 

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